Ley para el Desarrollo Integral de las Personas con Discapacidad en el Estado de Coahuila.
En el artículo 48 se consideran barreras arquitectónicas todos aquellos elementos de construcción que dificulten o impidan el libre desplazamiento en espacios interiores o exteriores del sector público, social o privado a personas discapacitadas así como el uso de instalaciones, debiendo consecuentemente regularse el diseño de los elementos arquitectónicos y urbanísticos.
Además el artículo 49 establece que los elementos viales ubicados en lugares públicos deberán en su caso, ser construidos para facilitar el libre tránsito de las personas con discapacidad.
Los elementos considerados como obstáculos son:
I.- Las aceras, banquetas o escarpas;
II.- Las intersecciones de aceras o calles;
III.- Las coladeras, sumideros o bocas de alcantarillas;
IV; Los estacionamientos;
V.- Las escaleras y puentes peatonales;
VI.- Las rampas;
VII.- Los teléfonos públicos;
VIII.- Los tensores para postes;
IX.- Los buzones postales;
X,- Los contenedores para depósito de basura y puestos ambulantes;
XI.- Los semáforos y toda clase de disposiciones de tránsito y vialidad tales como banderolas, postes, cadenas y en general anuncios que limitan el tránsito vehicular;
XII.- El uso de banquetas y postes adaptados como estacionamientos para bicicletas, motocicletas, diablitos, carretillas y la expansión de comercios establecidos sobre las aceras; y
XIII.- Cualesquiera otros objetos que dificulten, entorpezcan, impidan el libre tránsito, principalmen-te a los discapacitados;
Artículo 50.- Los obstáculos viales ubicados en lugares con acceso al público, deberán ser reconstrui-dos, en su caso, con facilidades para las personas con discapacidad.
Como obstáculos viales son considerados:
I.- Las rampas y escaleras;
II.- Las puertas exteriores e interiores;
III.- Los sanitarios;
IV.- Señalización de servicios y espacios;
V.- Los elevadores; y
VI.- Cualquiera otra estructura que dificulte, entorpezca o impida el libre tránsito a las personas con discapacidad.
FUENTE: Investigación de El Siglo de Torreón