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Denuncia contra Fox/Plaza Pública

Miguel Angel Granados Chapa

Hace una semana, el consejero electoral Jaime Cárdenas acudió a la Procuraduría General de la República a dar “participación de hechos posiblemente constitutivos de delitos en contra del señor Vicente Fox Quesada y/o quienes resulten responsables”. Ayer se presentó a ratificarla. El insólito acto protagonizado por un miembro del consejo general del IFE, gesto atrevido y valeroso, puede ser tenido como puramente protagónico, propio de quien suele tomar posiciones singulares en el desempeño de su responsabilidad en el órgano electoral. Pero es claro que se propone contribuir, mediante arbitrios legales, a desazolvar el intrincado caso de los Amigos de Fox, probables canalizadores de recursos ilícitos a la campaña presidencial de quien es ahora el huésped principal de Los Pinos.

Semanas atrás, el representante del PRD ante el propio órgano electoral había presentado una denuncia semejante. Hay una diferencia relevante entre ambas acusaciones, consistente en el interés jurídico que mueve a los denunciantes. Cárdenas lo hace desde su posición de servidor público. Ese carácter es inequívoco. El artículo 41 de la Constitución dice que los consejeros electorales “estarán sujetos al régimen de responsabilidades establecido en el título cuarto de esta Constitución”. El artículo 108, con que abre dicho título cuarto incluye, en la lista de quienes “se reputarán como servidores públicos”, a “los servidores del Instituto Federal Electoral. El artículo 110, en consecuencia, los comprende también entre quienes pueden ser sujetos a juicio político.

El Código federal de instituciones políticas y procedimientos electorales (Cofipe), a su turno, repite en su artículo 77 la cláusula constitucional por la que los consejeros electorales “estarán sujetos al régimen de responsabilidades de los servidores públicos previsto en el título cuarto de la Constitución”.

Con ese carácter, Cárdenas tomó a pecho el deber jurídico que le impone el Código de procedimientos penales, cuyo artículo 117 dispone que “toda persona que en ejercicio de funciones públicas tenga conocimiento de la probable existencia de un delito que deba perseguirse de oficio, está obligada a participarlo inmediatamente al ministerio público, transmitiéndole todos los datos que tuviere...” Eso hizo Cárdenas el 17 de octubre. No importa que en la víspera los abogados de Lino Korrodi hubieran entregado al IFE documentos que comprueban, según su dicho, que no hubo dinero del extranjero, por lo menos de una cuenta que se presume involucrada en el hecho, para la campaña de Fox. El PRI denunció hace más de dos años, ante el propio IFE, que la empresa belga Dehydration Tecnologies Belgium remitió doscientos mil dólares al Instituto Internacional de Finanzas, dirigido en Puebla por Miguel Hakim y en León por Luis Ernesto Derbez (aquél convertido hoy en subsecretario de Asuntos Económicos de la cancillería, y éste en secretario de Economía del gabinete federal). Los documentos de la defensa de Korrodi probarían que el curso del dinero no es el denunciado y, por lo tanto, no hay conducta irregular ninguna en esas transacciones financieras.

Pero no basta su palabra porque eso es justamente lo que tendría que determinar una averiguación realizada por órganos estatales idóneos, sea el IFE en el ámbito de su competencia, sea la Procuraduría General de la República. Sólo que el IFE está atado de manos para avanzar en esa investigación. Blindado jurídicamente por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que le reconoció carácter de autoridad fiscal ante la que el secreto bancario no puede invocarse, los amigos de Fox inhibieron su acción mediante juicios de amparo que no debieron ser admitidos porque su materia es electoral y menos concedidas las suspensiones que han congelado el trabajo del IFE.

Para desatascar la indagación, Cárdenas ha resuelto caminar por su lado. Por eso participó al ministerio público federal, le dio parte, de los hechos de que ha tenido conocimiento como servidor público. No asegura, puesto que no es su papel hacerlo, que se haya incurrido en los ilícitos contenidos en las promociones del PRI y el PRD ante el IFE. Cumple su deber dando elementos a la PGR para que realice las investigaciones pertinentes. Su participación de hechos no puede ser retirada, como cabría hacer con una denuncia, porque no es una denuncia propiamente dicho. En un gesto de arrogancia candorosa, los defensores de Korrodi propusieron al PRI y al PRD un canje: ofrecerían espontáneamente información si esos partidos desistieran de sus acusaciones. Los involucrados rechazaron de inmediato tal intercambio y los documentos de Korrodi fueron de todos modos presentados ante el IFE. A Cárdenas ni siquiera podrían hacerle una propuesta semejante las personas señaladas en su participación de hechos, ratificada ayer.

Cuando se recorran por completo los vericuetos judiciales, serán obligados los bancos respectivos, a través de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, a entregar la información ahora encerrada en cofres de hierro y suspensiones judiciales. Mientras tanto, el esfuerzo de Korrodi y compañía en negar el acceso a esos datos, no a los que quiera presentar, es interpretado como autoincriminación. Además de ser un acto deplorable, contamina al propio Presidente de la República que es señalado en dos casos promovidos ante el ministerio público federal, siendo que sus amigos deberían empeñarse en mantenerlo a salvo de sospecha.

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