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Denuncian tráfico de influencias en la Procuraduría de Justicia

TORREÓN, COAH.- Mediante el tráfico de influencias, funcionarios de la Procuraduría General de Justicia en el Estado (PGJE), integran una averiguación de manera parcial, amañando así el proceso en el que se acusa a una persona sin darle oportunidad de defenderse, pese a que cuenta con los elementos de prueba suficientes para salir bien librado de las imputaciones que se le hacen, denunció Armando Adame Dávila, abogado penalista.

De esta manera atropellan los derechos de la ciudadanía y las garantías individuales que toda persona debe tener, pues ante todo se antepone la influencia de un funcionario del Gobierno Estatal que es familiar de la demandante, para que a través de artimañas, afectar personal y profesionalmente al demandado, practicando así una justicia muy peculiar, dijo.

Lo anterior, afecta seriamente la imagen de la dependencia, cuyo titular es Óscar Calderón Sánchez, además de contradecir al gobernador Enrique Martínez y Martínez, de que en Coahuila se vive un estado de derecho inviolable, por lo que es necesario que se investigue a quienes mediante influencias pretenden que la balanza de la justicia sea a su favor, dijo Adame Dávila.

Recordó que todo dio inicio el pasado mes de marzo, cuando José Manuel Castañeda Montañez, solicitó sus servicios como abogado, ya que fue demandado por su esposa Perla Mariza de Luna Meléndez, acusándolo de incumplimiento de las obligaciones básicas de asistencia familiar, injurias, violencia intrafamiliar y adulterio.

Desde entonces se cuenta con infinidad de pruebas para refutar las acusaciones anteriores, sólo el hermano de la demandante, Luz Ángel de Luna Meléndez, asignado al área de Programación del Gobierno del Estado, ha estado metiendo la mano para que su familiar se vea favorecida, con la ayuda de varios funcionarios de la PGJE, Delegación Laguna I.

Adame Dávila señaló específicamente a Jesús Alberto Cabrera Hernández, coordinador de la Agencia del Ministerio Público Especializada en Delitos Cometidos Dentro del Seno Familiar y contra Menores discapacitados, que por órdenes expresas del citado funcionario estatal, apoyados por la agente del Ministerio Público por Ministerio de Ley, Guadalupe Valenzuela Cepeda y con la actitud indolente asumida por Raúl Mario Mijares Jiménez, titular de la Delegación Laguna I, entorpecen que este caso se dirima dentro de su cauce normal.

Pese a que se puede demostrar la falsedad de las acusaciones, por “sobrecarga de trabajo”, Cabrera Hernández, no le ha dado el curso debido cuando lo fue solicitado por la defensa, sin embargo, de forma inusitada se agilizan las cosas para la denunciante a la que se le tiene informada de todos los pormenores, aunque ahora trabaja en Piedras Negras, Coah.

Lo anterior, según lo manifestó la misma Perla Mariza de Luna Meléndez, es porque su hermano Luz Ángel de Luna Meléndez, trabaja en el Gobierno del Estado de Coahuila “y como tiene muchas palancas voy a perjudicar a José Manuel (cónyuge), en todo lo posible”.

El abogado penalista mencionó una serie de irregularidades en las cuales pretenden que su defendido se inculpe, como es el caso que luego de haber hecho su declaración el mes de abril, posteriormente lo citan en 3 ocasiones para que se acoja a la falta penal, pero de esta manera incurriría en perjurio y resultaría más afectado. Todo ante la complacencia de Cabrera Hernández, quien ordena cómo se hagan las cosas a Valenzuela Cepeda.

Hasta el momento, dijo, no se han aceptado testigos ni pruebas de descargo a favor de mi defendido, sin embargo, a la parte contraria se le sigue dando oportunidad de ampliar la averiguación “encuadrándola” de tal modo que el demandado salga perjudicado no sólo en lo personal sino profesionalmente hablando, ya que ésa es la intención de su cuñado Luz Ángel de Luna Meléndez.

Irregularidades en el proceso

*Tráfico de influencias para violar los derechos individuales del demandado.

*Averiguación previa amañada.

*Negativa para la admisión de pruebas de parte de la defensa del indiciado, con lo que se viola el artículo 20 fracción V en relación con la X, penúltimo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que señala que en todo proceso del orden penal, tendrá el inculpado las garantías de recibir testigos y demás pruebas que ofrezca, concediéndosele el tiempo que la Ley estime necesario al efecto y auxiliándosele para obtener la comparecencia de las personas cuyo testimonio solicite, siempre que se encuentren en el lugar del proceso.

*Violación del Ministerio Público en relación al artículo V de la Ley Orgánica del Ministerio Público.

*Violación al Catálogo de Derechos para Inculpados, observado en la expresión de motivos del apartado V del código de Procedimientos Penales, a que se le reciban testigos y demás pruebas que ofrezca conducentes a los fines de la averiguación previa.

Acusaciones

*Violencia Intrafamiliar.

*Injurias.

*Adulterio.

*Incumplimiento de obligaciones básicas de asistencia familiar.

De todo esto se cuenta con las suficientes pruebas para demostrar que es falso, sólo que el Ministerio Público no admite las pruebas que ha presentado la defensa, pese a que la Ley señala que debe hacerlo.

Pruebas documentales

Mediante diversos documentos, se puede demostrar que:

*Se cumple con las obligaciones de asistencia familiar, pues se tienen recibos de pago de pasivos creados durante el matrimonio, como son pago de hipoteca, reparación de automóvil.

*Existen giros telegráficos expedidos pro el demandado con los que se demuestra la aportación para la pensión alimenticia.

*Oficios expedidos por el Instituto Mexicano del Seguro Social de Buena Conducta, por lo que se hizo.

*Una petición para convivencia con su menor hijo, ante la Procuraduría de la Familia.

Pruebas no admitidas

*Ampliación de la declaración por interrogatorios de la defensa a los testigos de cargo.

*Testimonial a cargo del médico psiquiatra tratante.

*Testimonial de testigos de descargo.

*Inspección ministerial a los estados de cuenta de pagos hechos del auto y pagos de la hipoteca y giros telegráficos donde se comprueba que no se ha dejado de dar lo necesario para la pensión alimenticia.

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