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Establecen cupo para vehículos importados

Notimex

México, DF.- La Secretaría de Economía informó ayer sobre el acuerdo por el que se da a conocer el cupo para importar vehículos nuevos con el arancel preferencial establecido, originarios de los países de la Comunidad Europea, en 2003.

En el Diario Oficial de la Federación, precisa que este acuerdo se refiere únicamente a las unidades con peso bruto vehicular menor a ocho mil 864 kilogramos bajo las partidas arancelarias de importación 8702, 8703, 8704, 8705 y 8706, y establece un cupo de 135 mil 980 vehículos.

Indica que la solicitud de asignación de 97 mil 129 unidades será posible para las personas morales registradas ante la dependencia que cumplan actualmente con lo dispuesto en el Decreto para el Fomento y la Modernización de la Industria Automotriz.

Otros 38 mil 851 vehículos serán asignados ?sólo una unidad a personas físicas y morales (distintas a las personas morales registradas ante la SE que cumplan al día de ayer con lo dispuesto en el Decreto para el Fomento y Modernización de la Industria Automotriz) que no cuenten con antecedentes de importación de vehículos bajo el esquema de cupos?. Dentro de esta partida, también serán tomadas en cuenta personas físicas y morales que cuenten con antecedentes de importación, a los que se les asignará hasta el monto de unidades que demuestren, con certificado de cupo y pedimentos de importación, haber importado durante 2002.

Asimismo, en este caso se contempla a distribuidores autorizados de vehículos originarios de la Comunidad Europea establecidos en México, a quienes se les asignará el monto de unidades que determine la Dirección de Industrias de esta secretaría. Precisa que en el caso de que no se asigne la totalidad de las 38 mil 851 unidades, se realizará un ?carrusel? de asignación entre las empresas que cumplan al día de ayer con lo dispuesto en el Decreto para el Fomento y la Modernización de la Industria Automotriz.

En este caso, apunta, se tomará en cuenta el orden de ingreso de la solicitud, correspondiéndole a cada una lo que resulte menor entre 100 unidades o el total solicitado.

En caso de que hubiera una cantidad sin asignar, se repetirá el mismo procedimiento hasta cubrir el total demandado o agotar la cantidad ofertada.

El acuerdo precisa que la vigencia de la asignación será al 31 de diciembre de 2003 y será improrrogable, además de que los certificados no ejercidos deberán regresarse a la Secretaría de Economía a más tardar dentro de los siguientes cinco días hábiles a partir de su vencimiento.

El documento advierte que los beneficios que se obtengan de esta asignación se refieren de manera exclusiva al derecho de arancel preferencial y del otorgamiento del permiso de importación correspondiente.

Señala que ni el certificado de cupo ni el permiso de importación liberan al importador del cumplimiento de las diversas disposiciones legales aplicables en la República Mexicana.

El acuerdo precisa que el mecanismo de asignación de cupo de importación de ciertos vehículos originarios de la Comunidad Europea otorgado por México, es un instrumento de la política sectorial para promover el complemento de la oferta en el país y cuenta con la opinión favorable de la Comisión de Comercio Exterior.

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