Policiaca Accidente Vial ACCIDENTES VIALES Robos Detenidos

La Procuraduría debe vigilar al MP

TORREÓN, COAH.- Es la Procuraduría General de Justicia en el Estado la directamente encargada de tomar las medidas necesarias a fin de que los agentes del Ministerio Público no caigan en fallas o errores al momento de integrar las averiguaciones previas y de esta manera se evitará que por detalles técnicos queden libres las personas que hayan cometido algún ilícito, expresó Jesús Gerardo Sotomayor Garza, magistrado del Segundo Tribunal Unitario de Distrito.

Lo anterior, en referencia al último de los casos en los que por una integración inadecuada en las averiguaciones, los hermanos Luis Alfonso y Gustavo Torres Javalera, acusados de participar en varios robos a comercios en esta ciudad, fueron dejados en libertad por Pedro Limón Hernández, juez segundo de Primera Instancia del Ramo Penal.

En estas situaciones, dijo el magistrado, el Ministerio Público, debe utilizar el recurso de apelación a fin de que sea en la Sala Penal Colegiada donde luego de revisar el proceso, ratifique, modifique o bien revoque la decisión del juez penal.

Cuestionados por El Siglo de Torreón sobre la frecuencia de este tipo de irregularidades, Sotomayor Garza dijo que más bien son casos aislados, pues realmente son pocas las veces que se han encontrado errores en las averiguaciones.

Entre las fallas que se han llegado a encontrar, están la falta de pruebas periciales documentales, no hay declaraciones de testigos, la especificación en cuanto a la participación del inculpado en el ilícito, entre otras.

Reiteró que es la PGJE la que directamente debe actuar para evitar este tipo de anomalías citando a los agentes del Ministerio Público para que informen sobre las causas por las que no integraron correctamente la averiguación a fin de que no se vuelva a incurrir en omisiones.

Finalmente afirmó que es innegable que en todos los ámbitos debe existir la preparación y actualización para el mejor desempeño de las funciones encomendadas tanto para quienes procuran la justicia como para quienes están encargados de administrarla.

LA SOLUCIÓN SÓLO LA TIENE LA PROCURADURÍA

La falta de capacidad, de atención, sobrecarga de trabajo o bien que no se tenga una revisión minuciosa antes de consignar la averiguación, pudieran ser las posibles fallas en que incurren algunos agentes del Ministerio Público para que al momento que el juez penal debe dictar sentencia, sean un impedimento para hacerlo de manera condenatoria, expresó María Isabel Garza Herrera, jueza cuarta de Primera Instancia del Ramo Penal.

Al respecto, dijo que la solución sólo la tiene la Procuraduría General de Justicia en el Estado y su titular en turno, Óscar Calderón Sánchez, o bien el coordinador correspondiente, a fin de que mediante una supervisión adecuada, se revise a conciencia la averiguación que será consignada y de esta forma, quienes estén detenidos acusados de un delito, puedan ser sentenciados de acuerdo a la falta cometida.

LAS PIFIAS

Entre los errores más frecuentes que cometen los agentes del Ministerio Público al momento de integrar las averiguaciones penales, se encuentran las siguientes:

*Carencia de la identificación de la persona que presenta la denuncia o diferencia con la que se tiene en el expediente.

*Testigos falsos.

*Testigos amigos del ofendido que se llegan a desdecir durante las audiencias.

*El MP solicita medios de identificación que los testigos no llegan a presentar.

*No existen las pruebas periciales o documentales.

*No se llega a declarar a todos los testigos.

Solución

Tanto el magistrado como la jueza penal, coincidieron al decir que es la Procuraduría General de Justicia en el Estado (PGJE), la que tiene en sus manos resolver este tipo de situaciones, de manera que los agentes del Ministerio Público, llevan a cabo una revisión minuciosa antes de consignar la averiguación a los juzgados penales, a fin de evitar que los inculpados queden libres por tecnicismos legaloides.

Resaltó que el hecho de que una sentencia no sea condenatoria, depende de una mala integración de la averiguación previa, lo que significa que cuando citan a declarar a los testigos, éstos omiten la razón de su dicho.

Por lo general, las omisiones en que incurre el Ministerio Público en una mala integración de las averiguaciones es que les piden medios de identificación a los testigos que nunca presentan; otra es que con la copia de identificación presentada (principalmente la credencial del IFE), la firma que lleva no coincide con la que se estampa en las declaraciones y una más, que son testigos falsos que acuden al juzgado y se desdicen de lo que declararon o bien son amigos del ofendido, lo que debió haberse investigado previamente por el Ministerio Público.

Lo anterior, afirmó Garza Herrera, es muy frecuente y es por ello que los juzgadores se ven maniatados para poder dictar una sentencia condenatoria, por este tipo de errores en las averiguaciones, concluyó.

Leer más de Policiaca

Escrito en:

Comentar esta noticia -

Noticias relacionadas

Siglo Plus

+ Más leídas de Policiaca

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas

Videos más vistos semana

Clasificados

ID: 1829

elsiglo.mx