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México.- La Secretaría de Economía fijó en dos millones 666 mil 925 toneladas la cuota adicional para importar maíz, excepto para siembra, originario de Estados Unidos, en el curso de este año.
En un acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, señaló que el Tratado de Libre Comercio de América del Norte establece un monto mínimo de importación de productos agrícolas, dentro de un arancel, que puede ser incrementado conforme a las necesidades de abasto nacional.
Señala que la cuota se fija luego de considerar que la producción nacional de maíz es insuficiente para satisfacer la demanda interna y el cupo mínimo para importar este año producto de Estados Unidos o Canadá se ha agotado.
Considera también que esta importación se hará sin afectar o poner en peligro el suministro a la industria, los productores pecuarios, atendiendo los intereses de los productores primarios y cuidando la política sectorial para promover la competitividad de las cadenas productivas de maíz y el abasto nacional de granos básicos.
El texto señala que pueden solicitar cuota adicional personas de la industria cerealera, molinera de nixtamal, almidonera, harinera, de frituras y botanas, sector pecuario, y personas del sector público encargadas de la distribución de del producto o comercializadores de granos. Establece los requisitos que deberán cumplir y los formatos de solicitud que deberán ser presentados en las oficinas correspondientes.
El acuerdo sobre cuotas adicionales estará vigente desde este miércoles 28 de agosto y concluirá el 31 de diciembre de este año.
La dependencia también publicó otro acuerdo relativo al cupo para importar sorgo en el periodo comprendido entre el 15 de julio y el 30 de septiembre de este año, y señala que este se regirá conforme a las necesidades de importación.
Aclara que la asignación se hará conforme a los consumos históricos de granos forrajeros de los últimos 12 meses, de acuerdo con la disponibilidad de granos forrajeros en la región. La SE publicó un decreto por el que se crean, modifican o suprimen los aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.
La determinación busca reflejar los cambios en los patrones mundiales de comercio, homologar el sistema de clasificación arancelaria, evitar discrepancias de interpretación, agilizar trámites aduaneros y facilitar la correcta identificación y clasificación de las mercancías, añade la dependencia.De acuerdo con el texto publicado en el Diario Oficial de la Federación, es conveniente restituir el nivel arancelario que tenían en 1988 el ganado bovino en pie, el carbón, la hulla y los productos primarios de la lana.