Ningún delito debe quedar impune y menos cuando se trata del de homicidio. Porque es precisamente la impunidad uno de los factores que en mayor grado contribuyen al deterioro de una sociedad, en la medida en que, por una parte, la ciudadanía se siente indefensa contra la delincuencia, y por otra, el que los infractores logren con facilidad evadir la acción de la justicia irremediablemente incita a otro a delinquir.
No obstante ello, la maquinaria persecutoria del Estado y los tribunales que son parte de ella no deberían ponerse en operación cuando conforme a la ley no se tiene la certeza de que la comisión de un determinado delito se puede probar o que es factible aplicar el castigo, porque el mismo no ha prescrito conforme a las reglas del derecho penal. Pero en caso contrario debe tenerse cuidado.
Mencionamos lo anterior, en razón de los procesos penales que se han iniciado en contra de los generales del Ejército Humberto Quirós Hermosillo y Arturo Acosta Chaparro, a quienes se acusa de haber asesinado a miembros de la guerrilla hace ya algunas décadas, pues muy posiblemente esos delitos, suponiendo que hayan sido cometidos por los mencionados, ya prescribieron y en ese sentido no será posible aplicar castigo alguno.
Pero además, no se debe perder de vista que se está acusando a miembros prominentes del Ejército Mexicano y que de no probarse esas acusaciones o resultar que no puede aplicárseles castigo alguno, muchos de sus compañeros de armas pueden sentirse lesionados y no debemos soslayar que una de las instituciones más sólidas y disciplinadas que existen es precisamente el Ejército, por lo que se debe actuar con mucha cautela a fin de evitar cualquier reacción que pueda ser desfavorable para la estabilidad del país.