Torreón, Coah.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) garantizó de manera oficial que todos los trabajadores que acrediten la titularidad de sus recursos en las cuentas del SAR 92 recibirán sus recursos hasta la fecha acumulados.
A partir del 25 de diciembre y de acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación, los trabajadores que opten por pensionarse conforme al régimen establecido en la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, tendrán el derecho de retirar en un sola emisión los recursos de la subcuenta del seguro de retiro y del Fondo Nacional de la Vivienda.
De igual forma, podrán decidir lo mismo con los recursos correspondientes al ramo de retiro acumulados en la subcuenta del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, vigente a partir del 1 de julio de 1997, incluyendo los rendimientos generados.
Ese mismo derecho tendrán los beneficiarios que elijan acogerse a las bondades de las pensiones establecidas en la Ley del Seguro Social vigente hasta junio de 1997.
Los restantes recursos acumulados en la subcuenta del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previsto en la ley a partir de julio de ese mismo año, deberán ser entregados por las administradoras de fondos para el retiro al gobierno federal.
Se dispone que las instituciones de crédito seguirán operando las cuentas individuales del SAR previsto en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en los mismos términos y condiciones de las disposiciones vigentes.
Los depósitos derivados del seguro de retiro previsto en la citada ley hasta el 30 de junio de 1997, que no se hayan traspasado a una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore), en virtud de no haber sido posible su individualización o la identificación del titular, se cancelarán de la cuenta concentradora que lleva el Banco de México (BdeM).
El texto aclara que con ello se extinguen las obligaciones a cargo de la Federación con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), sin menoscabo del derecho de los trabajadores o sus beneficiarios de solicitar el envío de esos recursos a su administradora de fondos para el retiro o el pago respectivo conforme a la ley.
En este sentido, asegura que el gobierno federal tomará las medidas necesarias para atender las solicitudes que se presenten por los trabajadores o sus beneficiarios.