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Partidos deben vigilar se instale propaganda en sitios autorizados

MATAMOROS, COAH.- El comité de cualquier partido político es el que puede solicitar ante el Comité Electoral (Municipal o de Distrito), la intervención de las autoridades municipales a través de la fuerza pública, por la indebida instalación de una propaganda política, que no cumpla con el convenio de tiempo, lugar y forma.

Roberto Muñoz Alba, secretario del Partido Revolucionario Institucional (PRI), dijo que a todos los representantes de partidos políticos, se le entregó con anticipación, primero el proyecto y después del convenio de los lugares públicos en los que se podrá instalar la propaganda política y también de los lugares en donde no se podrá.

Sitios que se puede

Los sitios en los que sí se puede: En bardas y fachadas siempre y cuando el partido político del que se trate tenga el permiso del propietario.

Sí se puede, en los arbotantes ubicados en las colonias y centro de la ciudad, y en los arbotantes existentes en algunas comunidades ejidales.

En los lugares que no se puede

Los lugares en los que se podrá instalar propaganda electoral, como son las principales avenidas del centro de la ciudad, anillos periféricos, y monumentos artísticos.

A continuación se mencionan los lugares en donde no se puede instalar propaganda política, en forma específica, es en la avenida Cuauhtémoc, Carranza, Hidalgo, en los arbotantes que están en las vías rápidas, del bulevar José Santos Valdés, en la autopista Torreón-Saltillo.

No colocar propaganda política, en el Gimnasio Municipal, en el arco del bulevar José Santos Valdés, en el Teatro de la Ciudad, Rogelio Montemayor, en la pompa, ubicada en la avenida Comonfort, en el reloj del Mercado Miguel Hidalgo.

Tampoco instalar propaganda política, en el kiosko de la Plaza Juárez, en los puentes peatonales instalados en la carretera Torreón-Saltillo, frente a los ejidos San Miguel y Santo Tomás, en los puentes peatonales en la carretera Torreón-San Pedro, frente a los ejidos, Hormiguero y Compuertas.

En los paraderos públicos, no instalar nada de los candidatos, en las estatuas, ubicadas en los bulevares y plazas de la ciudad y los ejidos, en los edificios públicos, como en la Presidencia Municipal, bibliotecas, museos, telégrafos, bancos, escuelas públicas, semáforos y señales de tránsito, nomenclatura de calles, buzones de correo, casetas de teléfono, bancas de la plaza, contenedores de basura, bardas del panteón municipal.

Corresponde a los representantes de partido

Por lo tanto, sólo se podrá instalar propaganda política en el equipamiento urbano que se encuentra en las calles que no se mencionaron anteriormente y en los lugares públicos, que al principio se mencionaron.

Corresponde a los representantes de cada partido político, de los que están en la contienda participando en el proceso electoral del presente año, hacer valer el derecho y notificar a las autoridades electorales y a su vez a las autoridades municipales, en el caso, que constaten alguna irregularidad o incumplimiento, del tiempo, forma, lugar y espacio de la instalación de la propaganda política en el municipio de Matamoros.

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