El Reglamento de ocupación temporal de la vía pública del municipio de Torreón, Coahuila, en su apartado sobre el Tránsito y Estacionamiento de Camiones, indica:
Por acuerdo de la Dirección de Seguridad Pública Municipal y del Consejo Consultivo de Vialidad y Transporte de la Ciudad de Torreón, se comunica a todos los transportistas de carga foránea y local, las siguientes disposiciones:
1.- Se prohíbe de las 7 a las 22:00 horas el tránsito y descarga en el primero, segundo y tercer cuadro y colonias de la ciudad. Lo anterior se refiere a vehículos mayores de tres toneladas. En este horario se podrá entregar la carga a los consignatarios en vehículos de tres toneladas y menores.
2.- En caso de que la carga por peso o volumen no pueda ser transferida a vehículos de tres toneladas o menos, se permite entregarla directamente al consignatario de las 22 a las 7:00 horas A.M.
3 Por primero, segundo y tercer cuadro se entiende de la siguiente forma:
*Al Norte: bulevar Independencia y Diagonal Reforma.
*Al Sur: bulevar Revolución.
*Al Oriente: Saltillo 400
*Al Poniente: Gral. Melchor Múzquiz.
4.- Se prohíbe el tránsito y estacionamiento de estos vehículos durante las 24 horas en los tres cuadros mencionados y en las colonias de la ciudad.
5.- Se infraccionará y se retirará de la circulación a quien viole las disposiciones mencionadas.
FUENTE: Gaceta Municipal, mayo de 1993