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QUÉ DICE LA LEY

El Reglamento de ocupación temporal de la vía pública del municipio de Torreón, Coahuila, en su apartado sobre el Tránsito y Estacionamiento de Camiones, indica:

Por acuerdo de la Dirección de Seguridad Pública Municipal y del Consejo Consultivo de Vialidad y Transporte de la Ciudad de Torreón, se comunica a todos los transportistas de carga foránea y local, las siguientes disposiciones:

1.- Se prohíbe de las 7 a las 22:00 horas el tránsito y descarga en el primero, segundo y tercer cuadro y colonias de la ciudad. Lo anterior se refiere a vehículos mayores de tres toneladas. En este horario se podrá entregar la carga a los consignatarios en vehículos de tres toneladas y menores.

2.- En caso de que la carga por peso o volumen no pueda ser transferida a vehículos de tres toneladas o menos, se permite entregarla directamente al consignatario de las 22 a las 7:00 horas A.M.

3 Por primero, segundo y tercer cuadro se entiende de la siguiente forma:

*Al Norte: bulevar Independencia y Diagonal Reforma.

*Al Sur: bulevar Revolución.

*Al Oriente: Saltillo 400

*Al Poniente: Gral. Melchor Múzquiz.

4.- Se prohíbe el tránsito y estacionamiento de estos vehículos durante las 24 horas en los tres cuadros mencionados y en las colonias de la ciudad.

5.- Se infraccionará y se retirará de la circulación a quien viole las disposiciones mencionadas.

FUENTE: Gaceta Municipal, mayo de 1993

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