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Caracas, Venezuela.- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela ordenó ayer a la oposición en el sector petrolero acatar los decretos e instrucciones gubernamentales para la reactivación de esa industria nacional, que lleva 18 días en paro.
La Sala Constitucional del TSJ exigió a todos los sectores “vinculados con el restablecimiento de la continuidad económica e industrial de Petróleos de Venezuela (PDVSA)” que acaten los decretos para lograr la puesta en funcionamiento de la empresa estatal.
La medida se refiere a un decreto del presidente Hugo Chávez que faculta a la Fuerza Armada Nacional (FAN) y civiles designados por el gobierno “a tomar todas las medidas necesarias para mover buques, trasladar combustible, reactivar las plantas petroleras”.
El máximo tribunal venezolano dictó la medida cautelar en respuesta a un recurso de amparo contra el paro nacional de la oposición que fue presentado ayer por el gerente general de la División de Occidente de PDVSA, Félix Rodríguez.
En crítica al fallo, el constitucionalista y diputado opositor Gerardo Blyde dijo que la decisión es la “legalización de un autogolpe de Estado”, al otorgar “fuerza coercitiva” a acciones del gobierno que violan el derecho a la huelga y permiten confiscar bienes privados.
Blyde aseguró además que “esta sentencia es absolutamente inconstitucional, porque la Constitución consagra el derecho a la huelga y la protesta, la propiedad privada y otros derechos ciudadanos, como la no esclavitud”.
El legislador advirtió en ese sentido que “nadie puede ser obligado a trabajar si no quiere, eso es esclavizar a la gente y aquí no estamos en Cuba”.
El abogado opositor precisó que las consecuencias del fallo del TSJ implica que los trabajadores que se nieguen a laborar pueden ser condenados a 18 meses de cárcel por desacato a las resoluciones del Poder Ejecutivo.
También aseguró que ninguna de las medidas ordenadas por el gobierno pueden adoptarse a menos que exista un estado de excepción declarado por el mandatario, “lo cual no ha ocurrido”.
Blyde recordó que el artículo 350 constitucional faculta a la población a declararse en desobediencia legítima frente a un regímenes derechos humanos o atente contra los principios democráticos.
La decisión del TSJ ocurre cuando la escasez de gasolina anunciada por dirigentes de oposición se hizo evidente en Caracas, donde los pocos expendios abiertos registraron largas filas de automovilistas que buscan llenar los tanques de sus vehículos.