MEXICO, D.F. (SUNAEE).- Hasta con 36 horas de arresto serán sancionados los capitalinos que fumen en lugares no destinados específicamente para hacerlo, de acuerdo con la iniciativa de Ley de Protección a los no Fumadores que será discutida por el pleno de la Asamblea Legislativa.
Luego de un año de discusiones, legisladores de diversos partidos indicaron que existe un consenso sobre el contenido de la propuesta, por lo que se espera que sea aprobada y enviada a la jefatura del gobierno de la ciudad, para su publicación en la Gaceta Oficial.
Fernando Espino Arévalo, presidente de la Comisión de Salud, reveló que miembros de la Cámara Nacional de la Industria Restaurantera (Canirac) argumentaron inicialmente su oposición a la norma, bajo el argumento de que no todos los establecimientos tienen espacio suficiente para fumadores.
La negociación concluyó que 35% a 40% de los espacios de restaurantes se permitiera fumar.
Sin embargo, habrá de discutirse si en sitios pequeños, como fondas, tiendas de abarrotes y otros lugares, se prohíbe definitivamente fumar.
La intención de la norma, de acuerdo con los legisladores, es que se reduzcan todavía más los lugares para fumadores, de manera tal que en bares y restaurantes se cierren los espacios para esas personas y se cuente con ventilación y señalamientos obligatorios.
Carmen Pacheco, integrante de la Comisión de Salud, sostuvo que los diputados llegaron a un consenso para no prohibir el consumo de cigarros en bares y discotecas -como originalmente lo proponía la iniciativa- "porque generaríamos problemas entre la juventud y los orillaríamos a buscar lugares clandestinos".
Arnold Ricalde, presidente de la Comisión de Medio Ambiente, indicó que dueños de hoteles también se opusieron a implantar la norma en todos los inmuebles, porque algunos de tres estrellas o menos no tienen cuartos suficientes para dividirlos entre fumadores y no fumadores.
Información de la Secretaría de Salud del gobierno federal revela que en la región centro del país se concentra la mayor cantidad de fumadores, con una prevalencia de 32.3% del total de habitantes.
La región norte reporta 26.5% de fumadores y la región sur 18.5%. El promedio nacional es, por consecuencia, de 27.7%.
Sustancialmente la norma plantea prohibir el consumo de cigarrillos fuera de las áreas autorizadas en los establecimientos, locales cerrados, empresas o industrias.
Quienes violen la norma se harán acreedores a sanciones económicas y arresto hasta por 36 horas, en caso de reincidencia.
Las sanciones pueden llegar hasta el pago de 10 días de salario mínimo para quienes fumen en lugares prohibidos; de 30 a 100 veces cuando se trate de propietarios, poseedores o responsables de locales cerrados y establecimientos. Si hay reincidencia, el lugar será clausurado.