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Amparo/Plaza Pública

Miguel Ángel Granados Chapa

El diputado Carlos Romero Deschamps y el senador Ricardo Aldana no serán desaforados en este período ordinario de sesiones de la Cámara de Diputados. Difícilmente lo serán antes de que se renueve la legislatura, pues el PRI no aceptaría llamar a un período extraordinario de sesiones, en vísperas electorales, para despojar a sus benefactores de la inmunidad parlamentaria. Seguirán disfrutando de ella, a pesar de la evidencia formal de que dispusieron de al menos 640 millones de pesos de Pemex para entregarlos al PRI. Como un amparo los deja en esas bonancibles condiciones, se ha creado la sensación de que ese juicio de garantías sirve no para defender a los particulares frente a la arbitrariedad estatal sino para proteger a quienes infringen palmariamente el derecho y pueden pagarlo.

El asunto requiere una reflexión, antecedida de la información pertinente. Deben desecharse las reacciones airadas e ignorantes como la expresada por el diputado perredista Emilio Ulloa que, indignado por la impunidad con se benefician sus colegisladores Romero y Aldana, atribuye a la Suprema Corte de Justicia una complicidad con los dirigentes petroleros, o con el PRI, que carece por completo de sentido.

Dijo Ulloa (conforme a una versión de la oficina de prensa del grupo parlamentario del PRD), cuando se le pidió su opinión sobre las decisiones judiciales que dejaron a salvo, provisional o definitivamente, a los dirigentes petroleros acusados de peculado simple y de peculado electoral: “Bueno, a mí me parece que es lamentable que la Suprema Corte de Justicia haya actuado de esa manera, yo diría cómplice, en términos de no dar procedencia al juicio político y al desafuero. Lamento mucho que el Gobierno Federal muy poco haya hecho en entregar los dictámenes, los documentos, es una irresponsabilidad del Gobierno Federal no haberlos entregado, sustanciar la información. Y eso se reflejó en que hubiera poca posibilidad de sustento”.

Muchos errores en pocas líneas. Ni la Suprema Corte ni el Gobierno Federal tienen vela en este entierro. El diputado Ulloa no está obligado a conocer el funcionamiento del amparo ni los pormenores de los que promovieron Romero y Aldana. Pero tampoco estaba obligado a opinar, como suelen hacerlo los legisladores que se congracian con la prensa declarando acerca de todo asunto aunque carezcan de la menor idea sobre él.

El diputado Romero y el senador Aldana, conforme a su propio interés y el criterio de su partido, consideraron que la Sección Instructora, el órgano de la Cámara de Diputados encargado de determinar si hay indicios que lleven a su desafuero, había sido mal integrada. Se trataba sobre todo de una posición política, de autodefensa, que se tradujo en una demanda de amparo contra la presunta ilegalidad de ese mecanismo parlamentario. Ese es precisamente el sentido del juicio de garantías: Impedir que los gobernados resientan el poder del Estado ejercido al margen de la ley. Para que el amparo sea eficaz, está provisto de un mecanismo que asegura el respeto a la garantía presunta o realmente violada, que es la suspensión del acto reclamado. Se procura evitar con ella el que se consume de modo irreparable la acción arbitraria. Pero otorgar la suspensión no resuelve de fondo el tema planteado en el amparo.

Romero y Aldana pidieron a un juez federal evitar su desafuero. Mientras ese juzgador resuelve si fue legal o no la instalación de la Sección Instructora, suspendió el acto reclamado, es decir, el desafuero mismo, el que la Cámara se erija en jurado de procedencia, conozca el dictamen de la instructora y lo vote. Pero las resoluciones de amparo son puntuales: La que favoreció la semana pasada a Aldana se refería al eventual desafuero relacionado con la averiguación previa sobre peculado, es decir la indebida disposición de dinero público, su malversación, el ser parte de una maquinación que da a ciertos recursos financieros destino distinto del autorizado por la ley. Aldana no podía ser desaforado para que respondiera ante la justicia penal por ese delito. Pero el juzgador federal no se pronunció respecto del otro delito, el de peculado electoral, consistente en desviar recursos públicos para apoyar a un partido, exactamente lo que hizo Aldana.

Ante esa circunstancia, la Sección Instructora, compuesta por dos diputados panistas y un perredista, que la preside y ante la ausencia del cuarto miembro, priista, expidió el dictamen que permitiría el desafuero del tesorero de los petroleros por el delito de peculado electoral. Como ha dicho el presidente de la sección, Ricardo Moreno Bastida, “en este caso preciso no hay suspensión alguna que impida, ni a la Sección Instructora ni al pleno, continuar con su procedimiento. Si la presidencia estima otra cosa, es responsabilidad de la presidencia”.

La presidencia pudo el jueves pasado llamar al pleno y lo hizo. Quien la ejerce, el panista Armando Salinas, esperó a que el miércoles siguiente, casi una semana después, el juez federal ratificara su decisión de no permitir el desafuero, pero referido a uno de los dos delitos por los que se busca acusar a Aldana.

Es probable que al resolver sobre el fondo del asunto el juez determine que la Sección Instructora es legal, por lo que concluye la suspensión y el procedimiento puede continuar. Pero aun si lo hiciera antes del 30 de abril, el caso iría a revisión, que podría demorar tanto que Romero Deschamps pierda su fuero por el solo transcurso del tiempo, el último día de agosto.

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