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México, DF.- La Secretaría de Economía publicó el listado de fabricantes, marcas y tipos de automóviles, camiones comerciales, ligeros y medianos, así como autobuses usados, que podrán ser importados y destinados a permanecer en la franja fronteriza norte del país, por parte de personas físicas y empresas.
En dos acuerdos publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la dependencia precisó que la franja fronteriza comprende los estados de Baja California y Baja California Sur, en la región parcial y en el municipio de Cananea, del estado de Sonora.
El primer acuerdo señala que conforme al Decreto por lo que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Aduanera, publicado en junio de 2002, las personas físicas que acrediten su residencia en esa zona podrán importar de manera definitiva vehículos automotores usados, siempre y cuando permanezcan en ese lugar. La citada ley establece que las unidades deberán ser similares a las de las marcas de fabricación nacional, conforme a la lista publicada por la SE, de modelos 1998 o anteriores, y cuyo valor no exceda de 12 mil dólares.
En este sentido, el acuerdo precisa que las personas físicas podrán ingresar al país un total de 50 marcas de vehículos y camiones usados, incluso unidades denominadas Van.
, de 39 fabricantes, destinados al transporte de pasajeros y efectos.
La lista excluye a las limusinas, convertibles, propulsados por motor diferente a gasolina y los considerados de lujo y deportivos; asimismo, a los camiones para el transporte de efectos con peso bruto superior a ocho mil 864 kilogramos que utilicen cualquier combustible y camiones con peso inferior, que no utilicen gasolina.
En otro acuerdo, la SE señala que las empresas comerciales sólo podrán ingresar al país unidades de cinco o más años-modelo anteriores a la fecha de la importación, cuyo valor no exceda de 12 mil dólares.
El listado incluye 50 marcas de automóviles y camiones usados, de 39 fabricantes, de los modelos 1998 o anteriores, que podrán ser importados por empresas comerciales que operan en la región fronteriza del norte del país.
De esta lista se excluye a las mismas unidades señaladas en el primer acuerdo, aunque en el caso de los camiones no podrán importarse aquellos con peso superior a 11 toneladas, que utilicen cualquier combustible y los que tengan un peso inferior o igual a este propulsados a gasolina.
Además, los tractocamiones y autobuses integrales para el transporte foráneo de pasajeros, precisa el acuerdo.