Una casa habitación en Santa Úrsula Xitle, al sur de la ciudad de México, se ha convertido en una suerte de prisión clandestina. Ha llegado a albergar hasta a 25 personas simultáneamente, en hacinamiento tal que en una habitación duermen hasta ocho reclusos. Y ni pensar en acudir a una autoridad para que impida ese ultraje a la dignidad de las personas, porque es precisamente la Procuraduría General de la República la que practica esta forma de detención, cobijada en la figura del arraigo (que con el adjetivo de domiciliario está previsto en la legislación procesal penal). Pero quizá debido a dificultades profesionales para indagar, el Ministerio Público Federal está abusando, torciendo ese instrumento de lucha contra la delincuencia.
Considérese, por ejemplo, el caso de María del Pilar Sosa Espinosa, arraigada desde hace más de un mes. Su detención fue parte de la redada de mexicanos y vascos a los que el Estado español reclama por su presunta vinculación con la organización terrorista ETA. Sería risible, propia de una comedia de errores, la razón por la cual la pesquisa contra los etarras la ha incluido, sino fuera la base de una detención arbitraria.
Ella, como cuatro de sus siete hermanos, se dedica al comercio de material eléctrico. Antes, de 1981 a 1991 fue cajera y encargada de dulcerías en la fenecida empresa estatal Compañía Operadora de Teatros. Por la fecha en que concluyó allí sus tareas, imagino que fue despedida como parte del adelgazamiento a que fue sometida COTSA, a fin de dejarla a punto para que junto con TV Azteca la adquirieran Ricardo Salinas Pliego y socios. De 1991 a 1997 se empleó con uno de sus hermanos y a partir de entonces, ya experta, se estableció por su cuenta, en el mismo ramo. Su negocio se llama PS Control y Calor.
En febrero del año pasado surtió un pedido de 180 temporizadores, aparatos que, dice el Larousse, sirven para “hacer mediar un intervalo de tiempo entre el principio y el fin del funcionamiento de un dispositivo eléctrico”. Supongo que se utilizan, por ejemplo, para abrir y cerrar puertas eléctricas de modo automático. Pero la policía española, y el Ministerio Público Federal en México, dicen que esos temporizadores, comprados en la tienda que lleva las iniciales de su dueña, estaban destinados a la fabricación de bombas.
Ella recibió un anticipo en efectivo por 52 mil pesos, y al entregar el pedido un cheque certificado por el resto del monto de la operación, 110 mil pesos. ¿ A qué conspiradores se les ocurre dejar la evidencia de sus adquisiciones expidiendo un cheque y haciéndolo certificar por el banco? ¿Y a qué investigadores les parece sospechoso que el importe de una venta, cubierto con ese cheque certificado sea depositado en la cuenta de la proveedora? No obstante la obvia normalidad de su conducta en este caso, ese depósito bancario (de cuyo origen, si en verdad fuera irregular, la beneficiaria no tiene por qué enterarse) es la circunstancia por la cual María del Pilar Sosa está arraigada en San Úrsula Xitle, pues el Ministerio Público de la Federación persuadió a un benevolente juez de que puede estar inmiscuida en lavado de dinero y terrorismo. Cuando al cabo de unos días o varias semanas la PGR no pueda probar que la arraigada es una delincuente, porque no lo es, será dejada en libertad, como si nada hubiera ocurrido.
Pero sí ocurre. El daño que se infiere a los arraigados es semejante y quizá peor al que sufren las personas secuestradas, porque al difundir sin miramiento alguno su detención, la autoridad acomete contra la fama pública y la consideración que en su entorno merece una persona. Ese es el caso de Miguel Ángel Rosales Herrera, michoacano de sesenta años de edad, radicado en Guadalajara, que acaba de cumplir un arraigo de noventa días, al cabo de los cuales fue puesto en libertad porque había sido detenido sin orden judicial pertinente ni causa para su captura.
Atribuyéndole, sin razón alguna dice el afectado, una relación con José Luis Esparragoza Moreno, apodado El Azul, hace más de ocho meses se inició en su contra una averiguación previa que el Ministerio Público retuvo hasta que el 16 de mayo un grupo de unos cuarenta agentes judiciales y peritos, adscritos a la Unidad especializada contra la delincuencia organizada (UEDO), practicaron una orden de cateo en su casa. Hallaron armas deportivas, ya que el señor Rosales Herrera es aficionado a la caza, todas ellas debidamente documentadas.
Para que “arreglara su asunto”, es decir con engaños, se le hizo viajar a la ciudad de México, y allí se le mostró una orden de localización y presentación. Se hizo valer después una “orden de retención”, que lo mantuvo en el Ministerio Público 48 horas, al cabo de las cuales se inició el arraigo que otro benevolente juez había autorizado. No se le apartó de su normalidad durante treinta días, como a Eduardo Fernández, el ex presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (víctima también de una imputación fallida) sino a lo largo de un trimestre completo, 90 días durante los cuales el coordinador de agentes del ministerio público, José Luis Suárez García no sólo no aportó elementos contra el arraigado, sino que más de una vez fue urgido por el juzgador para que probara estar realizando elementales trámites burocráticos. El arraigo domiciliario es una herramienta para mejorar el combate a la delincuencia. Su abuso y distorsión lo convierten de más en más en innoble arma contra pacíficos y productivos ciudadanos.