El Ayuntamiento de Durango desconoció la declaración de la justicia federal de la inconstitucionalidad del artículo 13 párrafo segundo del Reglamento de Actividades Económicas, sobre el derecho de audiencia para que una persona pueda inconformarse con respecto a una resolución del Municipio que impide el cambio de propietario en licencias; sin embargo, se comentó por su departamento jurídico que se acatarán las disposiciones que marquen los derechos de la dueña del restaurante ?Tommys?.
Jesús Edgardo Guillén Reyes, apoderado legal de la señora Tomasa Román Escalante, propietaria del restaurante Tommys, con licencia de venta de cerveza, informó sobre el incumplimiento del Ayuntamiento, sobre el acatamiento de la disposición del Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito, en el sentido de establecer los derechos de audiencia como garantía individual a través de un juez civil, autoridad que puede determinar los derechos de propiedad.
El Tribunal y el Juzgado Primero de Distrito consideraron, según la sentencia ejecutoria, que el Ayuntamiento carece de autoridad para prohibir la solicitud de cambio de propietario, una vez que el Reglamento de Actividades Económicas marca un espacio de 30 días para este trámite; sin embargo, debido a que Tomasa Román lo hizo años después, se le prohibió por la autoridad municipal, con fundamento en el artículo 13, situación que consideró la autoridad federal como anticonstitucional, ya que no determina el derecho de audiencia para la solicitud de revocación o inconformidad para tal resolución, según lo determinan los artículos 14 y 15 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Rubén Briones indicó que ya se había dado cumplimiento a la sentencia ejecutoria, por lo que se devolvió la licencia a Tomasa Román, acto que se realizó en septiembre. Sin embargo, se le informó sobre la determinación del Tribunal Colegiado, en el sentido de que otorga el amparo a la quejosa sobre el derecho de audiencia que debe ser determinado por un juzgado civil, por lo que procederá a la solicitud del derecho de cambio de propietario, según lo explicó Guillén Reyes.
Briones Escárzaga aseguró, sin presentar documentos, porque no se encontraban en esos momentos, que la hermana de Tomasa Román, María Soledad Román, promovió un juicio civil en el que la sentencia final revocó los derechos de propiedad de su consanguínea, ya que su firma fue presuntamente falsificada. El Subsecretario Jurídico del Ayuntamiento expuso que este asunto tuvo que ser ventilado en varias instancias para revocarle este derecho a la señora Tomasa.