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Comentario al Decreto del 30-0ctubre-2003

POR LIBRADO OCTAVIO GARCÍA AYMERICH

A unos cuantos días de que la Suprema Corte de Justicia declarara inconstitucional el Impuesto Sustitutivo del Crédito al Salario (ISCAS) vigente para el presente año, la Secretaria de Hacienda publicó un decreto en el que condona el gravamen a partir del primero de enero de 2004 en ciertos casos.

El decreto permitirá exentar del pago de este impuesto a las empresas que no se ampararon en el 2003 y a aquellos que, habiendo interpuesto el recurso, desistan.

Con el reciente fallo de la Suprema Corte de Justicia, las empresas que se ampararon en 2003 tienen muchas probabilidades de ganar y de solicitar la devolución el impuesto que hubieran pagado hasta el momento.

Pero los contribuyentes que no se ampararon tendrían que pagar el impuesto de 2003 y obtener la condonación solo a partir del primero de enero de 2004.

El decreto publicado es un último intento de la Secretaria de Hacienda para evitar que los contribuyentes continúen interponiendo más amparos en contra del ISCAS y para invitar a que desistan del amparo los juicios que se encuentran en litigio.

Sin embargo, con el fallo de la Suprema Corte, muchos contribuyentes preferirán continuar ?peleando? para obtener la devolución del impuesto.

Como este decreto solo condona el impuesto y no lo suprime, quienes se desistan van a obtener el estimulo fiscal en 2004, pero van a tener la incertidumbre jurídica de lo que sucederá en 2005, una vez que se termine el beneficio.

En cambio, los que se amparen y ganen, no pagarán este impuesto mientras exista el ISCAS, en los mismo términos que prevé la ley hasta hoy.

La publicación del decreto es preocupante porque de la idea de que no desaparecerá el ISCAS, a pesar de que fue declarado inconstitucional.

El decreto publicado ayer también hace retroactivo hacia el ejercicio de 2003 el estímulo fiscal para la aplicación del Impuesto al Activo (Impac) en los inventarios de las maquiladoras.

Ese estímulo, con el que ahora solo pagarán el impuesto correspondiente a los inventarios que se queden en México, estaba previsto de 2004 hasta 2007.

La publicación también condona el 100 por ciento del IEPS a la televisión restringida y al servicio móvil de radiolocalización de vehículos, a partir del primero de noviembre.

Otorga además ?borrón y cuenta nueva? a la aplicación del IVA en las actividades y operaciones de los servicios de ahorro y crédito popular y condona el ISR a las sociedades de ahorro y préstamo.

?Resulta conveniente condonar el pago del IVA y sus accesorios generados por las operaciones mencionadas, a efecto de facilitar su regularización conforme a la Ley del Ahorro y Crédito Popular? refiere el documento.

También se establece un estímulo fiscal del 15 por ciento del valor del vehículo a los fabricantes de tractocamiones.

E-mail:

loga63@prodigy.net.mx

Página Web:

www.garciaaymerich.com

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