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Comete abusos deshonestos contra 2 nietas; saldrá libre

Gómez Palacio, Dgo.- “Es que estaba borracho”, dijo Antonio Martínez de 55 años cuando despertó y se dio cuenta que estaba en la cárcel. El sujeto cometió abusos deshonestos contra dos de sus nietas de cuatro y cinco años. La madre de las niñas llamó a la policía, la familia la presionó para que no denunciara el hecho. El abuelo quedará libre.

En la agencia del Ministerio Público de Delitos Sexuales, su titular, Cony Moreno Bocanegra, informó sobre el caso y señaló que es muy difícil aplicar la ley, cuando los padres de los menores afectados no se animan a formalizar la denuncia para que el responsable reciba un castigo.

Detallando los hechos, la Dirección de Seguridad Pública reportó la detención de Antonio Martínez Rodríguez, con domicilio en la colonia Las Magdalenas, en Torreón, Coahuila. Luz Elena Vázquez, del ejido Esmeralda, es la madre de las pequeñas afectadas.

Los tocamientos obscenos ocurrieron en la casa de la cuñada de Luz Elena, en la colonia Emiliano Zapata, a las 21:35 horas. Según la madre de las niñas, el adulto mayor besó a la mayor y a su hermanita le metió la mano por debajo de su ropa interior.

“Integrantes de la familia y algunos amigos, son los principales responsables de los delitos sexuales contra los menores”, dijo Cony Moreno. En la agencia del Ministerio Público, las estadísticas indican que el 60 por ciento de las víctimas son niños y niñas de entre seis y ocho años de edad.

Los abusos deshonestos, son los delitos sexuales más frecuentes en los menores, seguidos de la tentativa de violación, el estupro y la violación. El orden obedece al número de denuncias, pero se debe considerar que son muy pocos los casos que se presentan ante el Ministerio Público.

Como medida de prevención, Moreno Bocanegra señaló: “El miedo y las amenazas por parte del agresor, son los principales motivos que obligan a un menor a guardar silencio cuando es víctima de un delito sexual. La confianza del niño con sus padres es vital para tratar este tipo de casos”.

Aunque es difícil aceptarlo, los delitos sexuales contra los menores ocurren por descuido de los padres. “No es posible que ignoren cuando un niño se encuentra en una situación de riesgo, y más cuando lo dejan al cuidado de terceras personas por largos períodos de tiempo”.

Antonio Martínez en su declaración negó los hechos, Luz Elena acudió a la Subprocuraduría de Justicia y no presentó a sus niñas para ratificar la denuncia, sólo quería saber si hubo violación.

Las niñas están bien, pero la familia de Luz Elena la presionó para que desistiera y no enviaran al abuelo al Cereso. El caso pasó a la lista negra de las denuncias no presentadas.

MUCHOS CASOS

Armando Castillo González, médico legista de la subprocuraduría informó que en el 2002, el 72 por ciento de los casos de delitos sexuales se presentaron en la Comarca Lagunera de Durango. En el presenta año son más de 20 los casos de abusos deshonestos atendidos por el Ministerio Público.

“En el 60 por ciento de los casos fueron abusos deshonestos, donde un familiar de la víctima aparece como el presunto responsable”, comenta el doctor Castillo.

El rango de edad en las víctimas llega hasta los menores de 14 años, y el 85 por ciento de las víctimas son niñas y el resto pertenece a los varoncitos.

“La responsabilidad es del padre de familia, se debe alertar a los niños”, dice el médico legista y agrega que en la escuela también se debe proporcionar del conocimiento a los menores sobre su cuerpo y la protección del mismo.

Según los archivos del galeno el 20 por ciento de los casos atendidos el año pasado correspondieron a violaciones y un porcentaje menor a tentativa de violación, el resto se ubicó en el delito de estupro.

“Las malas legislaciones son las responsables de algunas tragedias, hace falta reformar los códigos penales” señala Castillo González.

LEY BLANDA

Los tocamientos obscenos en Durango no son un delito grave, la penalidad es mínima y en la mayoría de los casos el agresor obtiene su libertad bajo fianza.

Artículo 291.- Al que sin el consentimiento de una persona, ejecute en ella o la haga ejecutar un acto sexual, sin el propósito de llegar a la cópula, se le impondrá prisión de uno a tres años y hasta 50 días de multa.

Artículo 292.- Al que ejecute acto sexual sin el propósito de llegar a la cópula, en una persona menor de 12 años, o en persona que por cualquier cosa no pueda resistirla o la obligue, se le impondrá una pena de tres a cinco años y hasta 100 días de multa

FUENTE: Código Penal del Estado

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