Con el nuevo marco jurídico, no solamente las administraciones municipales, sino cualquier funcionario público, al momento en que dejen sus cargos, tendrán que cumplir con el formato de entrega-recepción, y estar a disposición de quienes los sustituyan para subsanar cualquier irregularidad que pudiera surgir, con lo cual se terminarán situaciones como las actuales, en que hay ex alcaldes que aún no resarcen daños causados al patrimonio público durante sus gestiones.
Además, los nuevos servidores públicos ya no tendrán el pretexto de echarle la culpa a sus antecesores de las irregularidades que se presenten, según lo explicó el titular de la Entidad Superior de Auditoría del Poder Legislativo, Daniel Rueda, al señalar que se debe terminar con situaciones anómalas en que incurren los funcionarios.
Afirmó que con la Ley de Entrega-Recepción, por ejemplo, en el caso de los gobiernos municipales, se erradicarán situaciones que aún en la actualidad prevalecen. Recordó los casos de Tlahualilo y Nazas, en que ex alcaldes no han subsanado las irregularidades que se les hicieran, e inclusive enfrentan procesos penales.
Cuando se dé la transición de una administración municipal a otra, las dos partes deberán quedar satisfechas, para que terminen e inicien responsabilidades. Inclusive, si los que llegan no están de acuerdo en lo que se les entrega, pueden hacer la denuncia correspondiente, para de esa manera deslindarse y que se inicien los procedimientos necesarios.
Una vez que se firme el acta final de entrega-recepción, los salientes quedan liberados de cualquier responsabilidad, por lo que, de presentarse irregularidades, serán quienes estén al frente los que las asuman, sin que haya el pretexto de que sea consecuencia de errores pasados.
Pero no solamente se trata de administraciones completas al concluir sus periodos constitucionales, sino que también en los casos de funcionarios públicos, ya sean estatales y municipales, que por diversas cuestiones se retiren de sus cargos, deberán cumplir con el proceso de entrega-recepción que marca la ley, de tal manera que si el que llega no está satisfecho pueda presentar la denuncia. Y que quien se vaya, quede liberado completamente de cualquier responsabilidad al momento de firmar las actas.
El nuevo marco jurídico permitirá a la entidad superior de fiscalización que en los procesos de transición de administraciones municipales, por ejemplo, las observaciones que se hagan a determinada cuenta pública no sean para dos periodos, como sucedió en el 2001, en que los pliegos se notificaron de enero a agosto al ex alcalde y de septiembre a diciembre a los que estaban ya en funciones.
Comisiones
En el transcurso de la semana, a convocatoria de la Secretaría de Contraloría y Modernización Administrativa, se reunirán funcionarios municipales para iniciar el proceso de constitución de las comisiones encargadas de la entrega-recepción de las respectivas administraciones, tal como ya están formadas en el ámbito estatal.
Se trata de que, desde ahora, en cada gobierno municipal se empiece a organizar la entrega, por dependencia y organismo, de cada administración, a fin de que al darse la transición ya todo esté finiquitado, a satisfacción de los actores.