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México, D.F.- El Partido Revolucionario Institucional (PRI) presentó al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) pruebas que demostrarían la actitud parcial del presidente y secretario técnico de la Comisión de Fiscalización del Instituto Federal Electoral (IFE) en la investigación del caso Pemexgate.
Acusó al consejero electoral Alonso Lujambio Irazábal y al secretario técnico, Arturo Sánchez Gutiérrez, de extralimitarse en sus atribuciones electorales, al haber obtenido en julio del 2002 un “poder especial” ante notario público, para comparecer ante la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) respecto de la indagatoria 055/FEPADE/2002.
En la página 133 del Recurso de Apelación que el PRI interpuso -el 22 de diciembre ante el TEPJF- se describe la importancia que ese partido desea imprimir a la prueba: “Existiendo un apoderado (del IFE) que denunció (penalmente al PRI, en marzo del 2002), no se explica y, de hecho, resulta inadmisible que el presidente y secretario de la Comisión Fiscalizadora se apersonen como representante de la parte denunciante y asuman una posición que, a virtud de ese poder, es en efecto de tipo pleitista”.
Como documentales públicas, el PRI describe en su Apelación: -Juan Ruiz Espíndola, en su calidad de apoderado legal del IFE - el cargo que tiene es: director de servicios legales-, interpuso el cinco de marzo del 2002 una denuncia penal ante el Ministerio Público adscrito a la FEPADE, por presuntos actos constitutivos de delito en aparente agravio del IFE, días después ratificó la denuncia.
- 16 de julio del 2002 Alonso Lujambio y Arturo Sánchez solicitan un poder especial para representar al IFE ante la FEPADE.
- 18 de julio del 2002, ante el notario 151 del Distrito Federal, Cecilio González Márquez, queda asentado en la escritura pública 92 mil 337 que dichas autoridades electorales obtienen el poder especial para representar legalmente al IFE ante la FEPADE.
- 19 de julio del 2002, el secretario técnico de la Comisión de Fiscalización compareció en la FEPADE.
19 de julio del 2002, el presidente de la Comisión de Fiscalización, consejero Alonso Lujambio Irazábal, procedió a la revisión y certificación del expediente 055/FEPADE/2002 (referente al Pemexgate).
En la descripción de los hechos, el PRI planteó a los magistrados del TEPJF: “Efectivamente, no bastó que el apoderado del IFE presentara la denuncia ante la FEPADE. En este caso, por acuerdo del 16 de julio del 2002 se solicitó un poder especial para que los ciudadanos presidente y secretario técnico de esta Comisión quedasen facultados como representantes del IFE ante la FEPADE”.
Se agregó: “La posición de representante va más allá del marco restringido del artículo 117 del Código Federal de Procedimientos Penales. La existencia del poder otorgado el 18 de julio del 2002, conforme la escritura pública número 92 mil 337, acredita la asunción de una posición en la averiguación previa por parte de los apoderados”.
El PRI también describe el poder de merito: “Otorga a favor de los maestros Alonso Lujambio Irazábal y Arturo Sánchez Gutiérrez un poder especial, para que conjunta o separadamente, puedan fungir como representantes legales del Instituto Federal Electoral (IFE) ante la FEPADE, a efecto de poder consultar las constancias que integran el expediente de la averiguación previa 055/FEPEADE/2002”.
Miguel Ángel Yunes, coordinador jurídico de la dirigencia nacional del PRI, solicitó el seis de diciembre del 2002 a los consejeros electorales de la Comisión Fiscalización excusarse de la sustanciación del caso Pemexgate, por considerar que actuaron como “juez y parte”, al prejuzgar a su partido en marzo del 2002 con la presentación de una denuncia penal y en noviembre del mismo año emplazar al mismo partido por el aparente financiamiento ilegal en la campaña presidencial del año 2000.
El 17 de diciembre, con sólo los nombres (sin firma) de cuatro (Alonso Lujambio, Mauricio Merino, Gastón Luken y Jacqueline Peschard) de los seis consejeros que conforman la Comisión de Fiscalización se entrega una respuesta por escrito al PRI donde se declaró improcedente la solicitud para excusarse.
Para el 22 de diciembre, el PRI presenta el Recurso de Apelación respectivo.