La pensión por invalidez queda sujeta al dictamen de uno o más médicos o técnicos designados por el Instituto que certifiquen la existencia de la incapacidad
El departamento de Atención al Derechohabiente de la delegación del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE) informó que en el año 2002 se dictaminaron 104 solicitudes de incapacidades totales y permanentes.
De acuerdo con el comparativo de otorgamiento de incapacidad total y permanente y de certificados de invalidez, en el año 2001 se dictaminaron 85 trabajadores federados y no federados, mientras que en el 2002 se elevó a 104, lo que refleja un crecimiento.
En el caso de los trabajadores federados, las incapacidades totales y permanentes que se dictaminaron fueron 82, mientras que a los no federados se les resolvieron 22 certificados de invalidez.
Tales cifras se dan a conocer para destacar el otorgamiento de las incapacidades totales y permanentes que el ISSSTE ha otorgado, y que en el caso de los derechohabientes federados hubo en algunos casos la necesidad de recurrir a trámites de tercería, para que se resolvieran positivos.
El artículo 68 de la Ley del ISSSTE establece que el otorgamiento de pensión por invalidez queda sujeto a la satisfacción de los siguientes requisitos: solicitud del trabajador o sus representantes legales, dictamen de uno o más médicos o técnicos designados por el Instituto que certifiquen la existencia de la incapacidad. Si el afectado no estuviese de acuerdo con el dictamen, podrá designar médicos particulares. En caso de desacuerdo entre ambos dictámenes, el Instituto propondrá al afectado una terna preferentemente de especialistas de notorio prestigio profesional para que entre ellos elija uno, quien resolverá en forma definitiva, en la inteligencia de que una vez hecha la elección del tercero en discordia, el fallo será inapelable y por lo tanto obligatorio para el interesado y el Instituto.
Para evitar este tipo de situaciones se prevé la desaparición de la tercería, y que sea solamente el ISSSTE la instancia que dictamine las solicitudes de incapacidades totales y permanentes, a través de especialistas en el ramo médico de que se trate la causa de la invalidez del trabajador.