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México, DF.- La Sección Mexicana del Secretariado del Tratado de Libre Comercio de América del Norte dio a conocer una nueva decisión del Panel Binacional en torno a la controversia por la aplicación de cuotas antidumping a las importaciones de cemento mexicano en Estados Unidos.
El documento, publicado por la Secretaría de Economía en el Diario Oficial de la Federación, precisa que la decisión del Panel se da en respuesta al documento emitido por el Departamento de Comercio del vecino país, el 15 de septiembre pasado. Lo anterior, como parte del procedimiento de revisión de la resolución definitiva a la investigación antidumping sobre las importaciones de cemento Gray Portland y Clinker procedente de México.
De acuerdo con el texto publicado hoy, el 15 de septiembre pasado la autoridad estadounidense de comercio emitió sus resultados finales en torno al caso y determinó no seguir las instrucciones contenidas en la Segunda Decisión de Devolución del Panel.
En esta última decisión, emitida el cuatro de septiembre, el Panel instruyó a la autoridad del vecino país para que utilizara la información disponible no desfavorable a Cementos de Chihuahua (CDC) para las ventas de la planta de Cemex en Hidalgo.
Para dar cumplimiento a este objetivo, ordenó al Departamento de Comercio ?aplicar las ventas de Cemex de cemento ASTM Tipo V, vendido como cemento Tipo I, para la planta de Hidalgo? al calcular el margen de importador específico para (CDC)?.
Sin embargo, el Departamento de Comercio estadounidense argumentó que la empresa CDC ?no tiene derecho a su propio cálculo de margen específico de importador? y que es ?imposible aplicar las ventas de Cemex de cemento ATSM Tipo V, vendido como cemento Tipo I, para la planta de Hidalgo?.
Lo anterior, al señalar la autoridad que el expediente no contiene información confiable concerniente a las ventas en el mercado doméstico de dicha planta.
El Panel Binacional rechazó tales afirmaciones por considerar que están viciadas y decidió regresar el Tercer Informe de Devolución al Departamento de Comercio de la Unión Americana, además de que lo instruyó a cumplir la Segunda Decisión de Devolución.