Frenan auditoría al Fobaproa

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MéXICO, DF.- Un juez federal le concedió un amparo a los cuatro principales bancos de México para evitar nuevas auditorías o revisiones a las operaciones que ingresaron al Fondo Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa), al cual se presume que introdujeron créditos irregulares por miles de millones de pesos.

El juez noveno de Distrito en materia administrativa, con sede en la ciudad de México, Álvaro Tovilla León, les otorgó el amparo porque en la Ley de Protección al Ahorro Bancario se estableció que la única auditoría que se le realizaría a los bancos fue la que hizo el canadiense Michael W. Mackey.

Tovilla León argumentó en su fallo que del artículo quinto transitorio de dicha ley, que hicieron los diputados en el anterior sexenio, ?no se desprende que puedan existir otras auditorías o revisiones diversas a las ordenadas por la Cámara de Diputados?. El fallo del juez protege a Bancomer, Banamex, Bital y Banorte de cualquier auditoría que se les quiera realizar para revisar y, en su caso, reducir el monto de los pagarés otorgados por el entonces Fobaproa a favor de los bancos.

La posibilidad de que los legisladores reformen la ley para establecer la obligatoriedad de nuevas auditorías se descarta, pues sería una medida retroactiva, lo cual está prohibido en la Constitución.

En junio y septiembre de 2002, el IPAB les giró a los bancos dos oficios en los que les notificó las reglas del procedimiento que seguiría para realizarles nuevas auditorías con el fin de detectar si incluyeron créditos irregulares al Fobaproa.

El único camino

Con la decisión dada a conocer ayer, quedó superada la suspensión que obtuvieron en un principio los bancos para detener las auditorías durante el tiempo que duraba el juicio de amparo, así como la posterior revocación de esta medida que dictó un Tribunal Colegiado el mes pasado:

* El único recurso que le queda al IPAB

para tratar de revertir el fallo del juez

es promover un juicio de revisión ante

un tribunal de segunda instancia.

* Durante el tiempo que dura este proceso, no se podrá realizar ninguna auditoría

a los bancos.

* Si en la segunda instancia se le concede otra vez la razón a los bancos, ya nada

se podrá hacer para auditarlos.

FUENTE: SUN-AEE

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