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Hacienda descarta devoluciones del IVA

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México, DF.- A pesar del fallo de la Suprema Corte en favor de empresas como Herdez y Eloro en materia de IVA, la Secretaría de Hacienda descartó que se tenga que realizar una devolución millonaria de impuestos a estas empresas, informaron fuentes de la Procuraduría Fiscal.

Después de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declarara inconstitucional la aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en jugos y néctares, las empresas que se ampararon deberán comprobar que absorbieron el impuesto y no lo trasladaron al consumidor final, detallaron.

Los consultados mencionaron que el Poder Judicial ha mantenido el criterio que en el caso de impuestos indirectos la devolución debe ser al contribuyente que efectivamente pagó el tributo.

La devolución, de acuerdo con el criterio de la SCJN, se tiene que resolver en tres escenarios, cuando el consumidor final la solicite directamente o a través de un representante, y si la empresa comprueba que absorbió el gravamen, añadieron.

Este criterio lo aplicó el Poder Judicial en los amparos que se interpusieron en contra del impuesto suntuario, aunque se espera que se concrete a través de jurisprudencia para que todos los temas de devolución de impuestos indirectos se resuelvan de la misma forma. Asimismo, descartaron una lluvia de amparos de otras empresas relacionadas con la producción y comercialización de jugos y néctares, ya que se presume que la mayoría consintió la aplicación del impuesto.

Por su parte, Herbert Bettinger, socio director de Servicios Jurídicos Integrales de la firma Mancera, Ernst & Young, dijo que la decisión de la Corte es correcta y reitera la sentencia emitida en favor de Jugos del Valle en 1991.

Sin embargo, reconoció que el problema para las empresas Herdez y Eloro vendrá cuando soliciten la devolución de impuestos ante el SAT, porque es un proceso tortuoso.

Asimismo, Eduardo Rodríguez, especialista fiscal de la firma KPMG detalló que todavía existe la posibilidad de que algunas empresas puedan obtener el amparo para que sus productos (jugos y néctares) no paguen el IVA, situación que se puede presentar en el momento en que se pida una devolución del impuesto o en una revisión de Hacienda.

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