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Institución matrimonial

Juan De la Borbolla R.

En este mundo postmoderno hay quienes pretenden “simplemente” modificar ciertos sentidos semánticos de las palabras o de las frases, pretensión que si se consumara, nos acabaría volviendo locos a todos, puesto que aunque el lenguaje sea efectivamente un producto cultural de un convencionalismo social que define con palabras determinadas a cada una de las cosas, hechos o personas, si comenzáramos a cambiar arbitrariamente dichas denominaciones, caeríamos en una situación en la que ya no podríamos entendernos realmente, porque cada quién daría un sentido diverso a lo que definimos con palabras precisas.

Si diera lo mismo decir a algo que tiene raíz, tallo fuerte y alto, ramas pobladas de hojas y frutos: árbol o bien: piedra, acabaría siendo imposible que existieran acuerdos sociales, puesto que el lenguaje se nos convertiría en medio de confusión, en vez de instrumento al servicio de las personas para concretar un entendimiento común que defina a las cosas por sus esencias.

Por ello no es capricho moralista o semántico de la Santa Sede el negar rotundamente la posibilidad de denominar bajo la palabra matrimonio, la unión así fuera permanente y estable que puedan mantener dos homosexuales, puesto que ello va en contra de la esencia de dicha institución social que fundamenta y da origen a la familia, la cual es a su vez la célula básica de la sociedad, al igual que tampoco se puede aplicar como sinónimo de matrimonio alguna de las novedosas formas de uniones de hecho existentes.

El reciente documento emanado de la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, titulado Consideraciones acerca de los Proyectos de Reconocimiento Legal de las Uniones entre Personas Homosexuales, ha sido ridiculizado y sacado de contexto por varias agencias informativas internacionales quizá por los intereses o tendencias personales de algunos que se han puesto el saco ante palabras tan plenas de objetividad como las escritas en el dicasterio romano que preside el cardenal alemán Joseph Ratzinger.

Sin embargo este documento que vale la pena sea leído completo y no sólo en sus críticas, considera que una cosa es tolerar un mal y otra muy distinta, porque va en contra del elemental principio de Justicia, crear leyes para aprobar y legalizar dicha conducta contraria a la naturaleza humana o al bien común de las sociedades.

El documento publicado el pasado 3 de junio hace consideraciones como las siguientes: “Se podría preguntar cómo puede contrariar el bien común una ley que se limita a hacer legal una realidad de hecho que no implica aparentemente una injusticia a nadie. En este sentido es necesario reflexionar ante todo sobre la diferencia entre comportamiento homosexual como fenómeno privado y el mismo como comportamiento público, legalmente previsto, aprobado y convertido en una de las instituciones del ordenamiento jurídico. Las leyes civiles son principios estructurales de la vida del hombre en sociedad que desempeñan un papel muy importante y a veces determinante en la promoción de una mentalidad y unas costumbres. Las formas de vida y los modelos en ellas expresados no solamente configuran externamente la vida social, sino que tienden a modificar en las nuevas generaciones la comprensión y la valoración de los comportamientos. La legalización de las uniones homosexuales estaría destinada por lo tanto a causar el oscurecimiento de la percepción de algunos valores morales fundamentales y la desvaloración de la institución matrimonial”.

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