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La comisión electoral en la India

Julio Faesler

La Constitución de la India encomienda la tarea de supervisar, dirigir y controlar la preparación de los comicios en todo el país a la Comisión Electoral, autoridad dotada de plena autonomía conformada por tres miembros designados por el Presidente de la India. Los comisionados duran en su encargo seis años. Tienen la misma jerarquía e independencia de un Juez de la Suprema Corte.

La estructura administrativa de la Comisión está formada por miembros del servicio civil de carrera lo que asegura su imparcialidad frente a un complejo escenario político de casi cien partidos políticos nacionales, estatales registrados que cortejan el voto de 650 millones de electores, 65% de ellos en 500 mil comunidades rurales.

A principios de los años 90 la Suprema Corte decidió reforzar la Comisión proporcionándole mando sobre la policía y dotándola de personal de observación en los períodos electorales.

En febrero del año 2000 la Comisión fijó la obligación de todo votante a identificarse por medio de su credencial con fotografía. Con su aceptación por parte de los bancos y otras instituciones se ha popularizado este instrumento indispensable para cuidar la legitimidad de los votos. En este momento el 70% de la población ya cuenta con su tarjeta y el faltante se expedirá en las elecciones que se aproximan.

A partir de 1999 comenzaron a usarse máquinas electrónicas para votar. Del millón de máquinas para votar que se requerirán en las elecciones generales de noviembre del 2004 unas 650,000 ya están listas para operar.

Las decisiones de la Comisión han sido determinantes para la unidad y progreso de la India. Un caso importante fue el aplazamiento ordenado por la Comisión de Elecciones en el estado de Gujarat hasta que regresara la tranquilidad después de los sangrientos disturbios comunales de hace un año. Las autoridades querían traducir en votos a su favor el ánimo caldeado del momento.

Tanto la Suprema Corte como la Presidencia de la República han respaldado a la Comisión ante las impugnaciones de partidos afectados y hasta de gobiernos locales.

La Suprema Corte, por ejemplo, confirmó la interpretación constitucional de la Comisión sobre el derecho que tiene el elector a conocer el historial de los candidatos que piden su voto. Ahora no hay duda que éstos tienen que proporcionar información certificada cualquier antecedente penal, el monto de sus bienes y los de su cónyuge y dependientes. Tienen que comprobar además el título que acredita sus estudios. Ante la oposición de los partidos políticos, el Presidente emitió una ordenanza confirmando estas disposiciones.

Hay topes a los gastos de campaña. Un candidato al Parlamento sólo debe gastar en campaña hasta 363,400 pesos mexicanos. Las contribuciones de las empresas se limitan a 5% de sus utilidades promedio. Los partidos políticos no tienen tope para recibir contribuciones de campaña si revelen el origen de los fondos. En caso contrario la aportación se entenderá hecha por el candidato sujeto a los topes mencionados. Estas medidas han reprimido algunos de los extravagantes dispendios del pasado.

La Ley Electoral establece que las actividades de campaña deben suspenderse 48 horas antes de las elecciones. Hay ley seca 24 horas antes del día electoral. El partido que esté en el poder no podrá hacerse propaganda ni podrá utilizar personal, bienes y equipos oficiales en su favor.

Basado en la Ley, la Comisión ha determinado que abierto el período electoral el gobierno no debe realizar inauguraciones ni hacerse publicidad sobre los logros de su administración. La Comisión impuso este criterio en un Estado donde pronto habrá elecciones. Mandó quitar propaganda de las calles y cancelar inauguraciones de varias obras públicas por considerarlas actos de campaña. En otro caso la Comisión confiscó mochilas escolares adornadas con fotografías del Gobernador.

Cada día la Comisión recibe alrededor de 25 quejas. diariamente

La Comisión ha difundido un Código Modelo de Conducta para partidos y candidatos. En sus mensajes y discursos las críticas en campaña no deben tocar la vida privada de las personas.

Una de las características que llama la atención al mexicano es la poca reclamación post electoral que se plantea en la India. Como en cualquier país las elecciones en la India podrán adolecer de todas las irregularidades antes y durante las votaciones. La Comisión intenta remediarlas y destaca observadores. Ha llegado a mandar recoger listas de votantes y emitir nuevas cuando vio que el padrón era inconsistente con el censo.

Concluido el proceso electoral, los resultados suelen aceptarse y quedar en firme. La actitud general de los partidos es mirar a la siguiente contienda. Los inconformes siempre tendrán una nueva oportunidad.

A propuesta de esta Embajada algunos miembros de la Comisión viajaron a México este año para ver la operación de nuestro Instituto Federal Electoral durante las elecciones de medio. Las dos entidades tienen muchos retos por delante y conviene que sigan comparando experiencias para seguir siendo los factores firmes y respetados de la justicia y solidez de nuestros respectivos desarrollos.

Nueva Delhi, 12 de noviembre de 2003.

jfaesler@yahoo.com

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