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Le niegan acceso a la cárcel por no tener identificación

Barcelona (España), (EFE).- La autoridades judiciales de Barcelona, noreste de España, han corregido a un juez penal y ha absuelto a un hombre que fue condenado por quebrantamiento de condena ya que, cuando se presentó en la prisión no portaba identificación alguna.

El afectado, de nombre Francisco, se presentó en la prisión para cumplir una condena de siete fines de semana de arresto pero no fue admitido por los funcionarios puesto que no presentó su Documento Nacional de Identidad (cédula de identidad), documento que no tenía en ese momento porque no podía pagar las tasas para obtenerlo.

Francisco fue condenado por un juzgado de Barcelona por una falta de lesiones al pago de una multa de 180 euros pero, como no pudo pagarla, el juez sustituyó la condena por quince días de prisión a cumplir en régimen de arrestos de fin de semana entre el 25 de mayo y el 14 de julio de 2001.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, el acusado acudió al centro penitenciario el 25 de mayo y el 1 de junio de aquel año pero, en ambos casos, no fue admitido en la prisión por no presentar su identificación.

Un juez penal entendió que el acusado había quebrantado la condena y le condenó al pago de una multa de 1.680 euros.

Ahora, la Audiencia de Barcelona ha corregido al juez de primera instancia y ha exculpado a Francisco al considerar que "no ha quedado acreditado que el acusado incumpliera por su sola voluntad la pena de arresto de fines de semana que así le fue impuesta".

El problema venía dado porque Francisco carecía de documentación oficial que acreditase su identidad, porque no tenía el dinero suficiente para pagar las tasas estatales correspondientes.

La Audiencia dice en su sentencia que, de esta situación, no se puede llegar a la conclusión, como hizo el juez penal, de que el hombre tuviese la voluntad de incumplir su deber y su responsabilidad con la Justicia.

El tribunal cree que Francisco fue condenado por un documento que carece de la mínima virtualidad incriminatoria en su contra porque no fue sometido a las mínimas garantías procesales.

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