Luego de los procedimientos que marca la ley, se le dictó auto de formal prisión a Mario Torres y a los demás involucrados en el cierre del bulevar Felipe Pescador por la probable responsabilidad de los delitos que se les imputan.
La encargada del juzgado quinto, Silvia Vázquez Campa, señaló que se llegó a la resolución de la situación jurídica de los acusados después de que por 144 horas a las que se prolongó el proceso se determinó que se tenían elementos suficientes para darles dicha imputación.
“El tiempo de 72 horas que marca la ley se duplicó por solicitud de los involucrados, lo cual se cumplió y se entregó la resolución a quien correspondía, en este caso al director del Cereso, al cual todavía contábamos con 3 horas más para hacérselo llegar”, explicó Vázquez Campa.
Mario Torres Herrera, Andrés Vázquez Cisneros, alías “el Babel”; Raúl Luna Flores, Mario Gamaliel Torres Paredes, Andrés Vázquez Vela, Marcos Gastón Vázquez Cisneros y Jesús Bermúdez Barbosa son las personas a las que se les dictó auto de formal prisión.
La jueza comentó que a todos ellos se les encontraron pruebas suficientes para agtribuirles una presunta participación en los delitos de motín y ataque a las vías de comunicación y a los medios de transportes.
El día de ayer sólo se llamó a Mario Torres al juzgado para darle a conocer la determinación tomada en torno a su caso, y a los demás implicados se les mandará citar a través de su afianzadores, quienes les darán a conocer su situación.
“No por esto quiere decir que se les va a detener; sólo se marca un paso más en el juicio que se les lleva y que no ha terminado por esto”, aclaró Silvia Vázquez.
Apuntó que cada uno de éstos se pueden amparar o inconformar con la determinación que se ha tomado ya que se tienen los medios legales que así se los permite y sería un juzgado federal el que ratificara o anulara dicho dictamen.
“Ahora sigue el caso para hacer la presentación y revisión de pruebas que los deslinde de la posible responsabilidad a cada uno de los involucrados”, dijo la jueza.
Según la ley, a quienes se les determina su culpabilidad en el ataque a las vías de comunicación se les puede dictar una sentencia que va desde los seis meses hasta tres años, además de una multa de cinco a 15 días de salario mínimo; por otra parte, por motín son de seis meses a siete años de prisión y multa de tres a 15 días.