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Los homosexuales vestidos de mujer serán sancionados

POR YOLANDA RÍOS RODRÍGUEZ

EL SIGLO DE TORREÓN

TORREÓN, COAH.- La Comisión de Salud del Ayuntamiento tiene ya una propuesta de modificación al artículo 75 del Reglamento de Salud y Control Reglamentario en el sentido de que se sancione únicamente a los homosexuales con indumentaria de mujer, ya sea falda, vestido, tacones o que se les “observe con tendencias claras de que se prostituyen’’.

Se pedirá la opinión de expertos en sicología, líderes de organismos sociales y gente que pueda opinar al respecto, desde una postura constructiva y con criterios humanos.

Según el coordinador de la Comisión Roberto Sánchez Viesca, ésta fue la conclusión de la primera reunión que se hizo ex profeso y en atención a la demanda de los miembros de la Comunidad Gay que solicitaron la derogación de este artículo.

Para el médico, los integrantes de esta comunidad que alegan violación a sus derechos constitucionales, tienen razón en lo que hace a que no debe relacionarse en forma automática a un homosexual, con una persona que se prostituye.

Existe mucho interés en dar una respuesta objetiva, seria y justa a las personas que con respeto a sus preferencias sexuales, se dedican a trabajar, generan empleos y pagan sus impuestos, mas no se dedican a la prostitución.

Roberto Sánchez Viesca indicó que entre lunes y martes “esperamos reunirnos con los representan-tes de la Comunidad Gay para hablares al respecto y esperar sus propuestas, ya que ese fue el acuerdo luego de la marcha que realizaron el pasado miércoles’’.

La primera propuesta o conclusión de los regidores que integran la Comisión de Salud es que vista la ambigüedad en algunos incisos del artículo, “hicimos una propuesta que yo presenté y la discutimos ampliamente. Se trata de fijar criterios a fin de modificar el artículo 75 en lo que hace a las condiciones en que puede ser detenido un homosexual’’.

En este sentido el regidor admitió respecto al artículo 75 y sus incisos, que no existe mucha consistencia y tiene imprecisiones.

La modificación sería en cuanto a precisar en qué condiciones puede ser detenido un homosexual y cómo se determinarían esas “intenciones de prostituirse’’.

No es un cambio drástico, más bien hay que quitarle algunas “lagunas’’ porque no deben ser detenidos sólo por parecer gay, sino que estén en flagrancia de actos inmorales o utilicen vestido, tacones y faldas o mayas.

“La redacción es que se debe determinar qué es vestido de mujer o como mujer y qué es la indumentaria considerada de mujer’’.

Lo anterior, igualmente a los casos en que deben llevarlos a que se les practiquen los exámenes de VIH.

Problema de salud

El artículo 75 del Reglamento de Salud y Asistencia Social no debe cambiarse y mucho menos derogarse a favor de los homosexuales que se prostituyen.

Para Olga Ramos Ramírez, dirigente de las sexo-servidoras de la ciudad, hay un grave problema de salud pública que no debe pasarse por alto y “Guillermo Anaya Llamas no debe caer en el juego de presiones, pero si cae, allá él”.

Según ella, no se debe cambiar el artículo de referencia porque “sería una desleal competencia para las sexo-servidoras, muchos de esos homosexuales son utilizados”.

Si quitan ese artículo, no van a ser ellos los beneficiados, “serán los de billetes, los que están arriba, los que esconden lo que son y buscan a estas personas para comercio sexual, son los que aprovecharán si se les entregan las tarjetas sanitarias’’.

Sostuvo que una cosa son la diferencia en las preferencias sexuales “que yo las respeto y otra que se les lleguen a entregar tarjetas como a las sexo-servidoras’’.

También manifestó que si se hacen cambios en este reglamento, hasta personas heterosexuales se “vestirían de mujer para asaltar a parroquianos’’.

Luego declaró que un cambio de esta naturaleza elevaría los índices de prostitución masculina, pues les abriría la puerta a otros homosexuales procedentes de ciudades cercanas.

LO QUE DICE EL ARTÍCULO 75 DEL REGLAMENTO DE SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL

Artículo 75.- En el caso de prostitución homosexual, por considerarse ésta, con base en estadísticas mundiales, nacionales y estatales, directamente proporcional a la tasa de incidencia del Síndrome de Inmuno Deficiencia Adquirida (SIDA), el Ayuntamiento, a través de las Direcciones de Salud y Asistencia Social (DSAS), Seguridad Pública Municipal y de Inspección Municipal, actuará dentro del marco Constitucional y de Derechos Humanos, respetando las preferencias sexuales individuales; por lo que:

I.- Únicamente será detenida, por los inspectores municipales la persona del sexo masculino que:

A).- Se encuentre en la vía pública o en sitios públicos vestido y/o maquillado como mujer.

B).- Se encuentre en la flagrancia de un acto inmoral, tanto en la vía pública como en establecimientos o sitios públicos.

Para la realización de un estudio sanguíneo con determinación de V.D.R.L. (sífilis) y V.I.H. (SIDA), en las instalaciones de la (DSAS) . En el caso de que la detención sea en horas o días inhábiles será puesto a disposición de la (DSAS) en Tribunales Administrativos.

II.- El homosexual que junto con otra persona sea sorprendido en flagrancia en la comisión de actos sexuales en la vía pública, cines, baños públicos o cualquier otro sitio público será conducido a la (DSAS) para la realización de análisis sanguíneos de V.D.R.L. y V.I.H. y además ambos serán turnados a las autoridades competentes para su sanción por tal acto.

III.- Aquel homosexual del que se tenga ya conocimiento que es enfermo de SIDA, se le hará saber el riesgo que representa para cualquier persona el tener contacto sexual con él, quedando apercibido del delito que cometerá, de lo cual se levantará acta; y dados estos antecedentes, aquél que sea sorprendido en actitud de poder contagiar a otra persona, será consignado a las autoridades para la sanción correspondiente por su acción culposa.

FUENTE: Reglamento de Salud y Asistencia Social para el municipio de Torreón

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