Datos tomados del tomo I, de la Historia Numismática de Alberto Francisco Pradeau, edición de 1957. “Esta moneda fue acuñada en denominaciones de cinco, diez, cincuenta y cien centavos: la última llamada un peso, debía substituir a la pieza de ocho reales”.
A pesar de que diez de las once Casas de Moneda de México estuvieron en posesión de las fuerzas imperialistas franco-mexicanas, solamente en las casas de México, San Luis Potosí, Zacatecas y Guanajuato se acuñó moneda de Maximiliano. En las otras CECAS las labores de acuñación continuaron, troquelando con las matrices del Gobierno Republicano sin interrupción. Pero los arrendatarios aprovechándose de la situación que predominaba, no se sujetaron a los términos de sus respectivos contratos y, se concretaron a acuñar aquellas denominaciones que les dejaban mayores beneficios; las piezas de ocho reales y las de ocho escudos (oro).
Esto explica la casi total ausencia de moneda fraccionaria de los años 1864-1866. Como antes se expresó, la Casa de Moneda de México estuvo acuñando centavos republicanos hasta terminar el primer semestre de 1864; y cuando menos en una ocasión, piezas de diez centavos con el diseño republicano, esto ocurrió en 1865. La Casa de Moneda de Zacatecas acuñó piezas de ocho reales durante 1864 y de dos reales, todo el período de la Intervención Francesa. El Lic. Alfredo Porraz posee un medio escudo de oro, CECA de México, troquelado en 1865.
Decreto autorizando la moneda del Segundo Imperio
Artículo Primero.- La unidad monetaria de México será como hasta aquí, el “peso de plata” con el peso de quinientos cuarenta y dos granos del marzo de Castilla, que se considera compuesto de 230,12317 gramos, según las tablas publicadas por el Ministerio de Fomento el diez de noviembre de 1862, o 27.073 granos y la ley de diez dineros 20 granos, o 902.71 milésimos. El peso mexicano se dividirá en dos piezas de plata de cincuenta centavos, cuatro piezas de veinticinco centavos, diez piezas de diez centavos y veinte piezas de cinco centavos.
La pieza de cincuenta centavos tendrá el peso de 271 granos o 13.536 gramos; la pieza de veinticinco 135 granos o 6.768 gramos; la pieza de diez centavos 54 granos o 2.707 gramos, y la pieza de diez centavos 54 granos o 2.707 gramos y la pieza de cinco centavos 27 granos o 1.353 gramos.
“El diámetro del peso mexicano será de 37 milímetros, el de la pieza de cincuenta centavos 30 milímetros, el de la pieza de veinticinco centavos 25 milímetros; el de la pieza de diez centavos, 18 milímetros y el de la pieza de cinco centavos, 15 milímetros”.
Artículo Segundo.- El peso mexicano llevará grabado en el anverso nuestro busto, colocado sobre el lado derecho, y la leyenda “Maximiliano Emperador”; debajo del busto el año en que se acuñó. Por el reverso llevará grabadas las armas del Imperio y la leyenda “Imperio Mexicano”. Debajo del escudo la letra inicial y la final de la Casa de Moneda en que se acuñe. Las piezas de 50, 25, 10 y 5 centavos llevarán por el anverso el mismo tipo que el peso mexicano. Por el reverso llevarán grabado el escudo de las armas nacionales sin los soportes, y la leyenda “Imperio Mexicano 50 centavos”, “Imperio Mexicano 25 centavos”, “Imperio Mexicano 10 centavos”, “Imperio Mexicano 5 centavos”, según las diferentes suertes en que se labre la moneda. Debajo del escudo la letra inicial y la final del lugar en que se acuñe...