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Ministros y consejeros

Miguel Ángel Granados Chapa

En las próximas semanas, cada una de las dos Cámaras del Congreso de la Unión deberá desahogar una eminente responsabilidad no estrictamente legislativa. El Senado elegirá, de sendas ternas que le presente el Ejecutivo, a dos ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Y la Cámara de Diputados designará, a propuesta de los grupos parlamentarios, al consejero presidente y a los ocho consejeros electorales del órgano superior del IFE. En ambos casos se requiere mayoría calificada. Los ministros no pueden ser reelegidos, sí los integrantes del consejo del Instituto Federal Electoral.

Cada uno de los dos procesos refleja un crecimiento del papel del Congreso en detrimento de las abultadas atribuciones del Ejecutivo y son parte de una transición que ha ampliado los espacios de la vida pública. Hasta 1994, el Presidente de la República designaba a los ministros de la Corte. Y si bien se requería la ratificación del Senado, esta cámara jamás dejó de otorgarla a una decisión presidencial. En los hechos era un facultad propia e intransferible del poder presidencial. Si bien lo hizo asestando un fuerte golpe al Poder Judicial, que lo descabezó abruptamente, el presidente Zedillo abandonó esa atribución, o le introdujo un relevante matiz. A partir de 1995, los integrantes del tribunal constitucional son designados conforme un mecanismo en que el Senado interviene activamente. El Presidente presenta a esa cámara una terna y los senadores designarán ministro a un miembro de la terna, con el voto de dos terceras partes de los miembros presentes.

En la actual estructura senatorial ninguna de las fracciones parlamentarias puede por sí misma efectuar tal designación, sino que se requiere la participación de más de un grupo. En dos circunstancias, sin embargo, el Presidente puede hacer directamente el nombramiento: si en treinta días el Senado no elige a nadie de la terna; o cuando objeta dos veces íntegramente la terna presentada.

Sólo una vez se ha aplicado ese procedimiento que ha hecho crecer las atribuciones del Senado. Conforme al artículo 3o. transitorio de la reforma de 1994, el Presidente presentó una lista de 18 candidatos para que los senadores eligieran a once ministros.

Y conforme al artículo 4o. transitorio, se fijaron diversos períodos de duración del ejercicio de los ministros, que vencen “el último día de noviembre del año 2003, del 2006, del 2009 y del 2012 para cada dos de ellos y el último día de noviembre de 2015 para cada uno de los tres restantes”.

Este mecanismo, que mezcla cambio y continuidad, permitirá que haya ministros que duren veinte años en su sitial, mientras que el azar quiso que Vicente Aguinaco Alemán y Juventino Castro y Castro permanecieran en él menos de la mitad de ese lapso, pues concluirán su período, no se jubilarán, dentro de 66 días. Por su parte, antes de que concluya octubre la Cámara de Diputados practicará por segunda vez su exclusiva atribución de integrar el consejo general del IFE. En agosto de 1996 se modificó enteramente la composición de ese órgano electoral y se dispuso en el artículo tercero transitorio de la respectiva reforma constitucional que “a más tardar el 31 de octubre de 1996 deberán estar nombrados el consejero presidente y el secretario ejecutivo del Consejo general del Instituto Federal Electoral, así como los ocho nuevos consejeros electorales y sus suplentes, que sustituirán a los actuales consejeros ciudadanos, que no podrán ser reelectos”.

Ahora la Cámara no tiene esa limitación. Los actuales miembros del Consejo pueden ser reelegidos todos, o ninguno, o algunos de ellos, muchos o pocos. Y quienes sean designados ocuparán su cargo, como los que están por concluirlo, por un período de siete años. Difícilmente se abrirá paso en las próximas semanas ninguna modificación legal al procedimiento establecido y por lo tanto no se estipularán períodos distintos de duración de los cargos, como se hizo al refundar la Corte.

Tampoco será posible procesar la enmienda constitucional, cuyo proyecto fue apenas presentado al comenzar esta legislatura, que ordenaría integrar el consejo general del IFE con un criterio de equidad de género, de suerte que no se repita la abrumadora mayoría masculina que hoy impera.

Sin embargo, más allá de la formalidad legal, es previsible que en las negociaciones para designar integrantes de aquel órgano, ese criterio tendrá un peso considerable. Es igualmente previsible que por lo menos en las ternas presidenciales que se envíen al Senado para el relevo de dos ministros de la Corte haya una más acusada presencia femenina. Por ahora, sólo hay una mujer tanto en ese alto tribunal, como en el consejo del IFE. Olga María Sánchez Cordero sesiona en el pleno con diez ministros y Jacqueline Peschard lo hace con ocho consejeros. Aunque hace ya más de cuarenta años, en 1961, que una ministra (María Cristina Salmorán de Tamayo) ingresó en la Corte y varias más han ocupado sitiales en ese órgano judicial, la presencia masculina ha sido siempre dominante (y sólo una vez, en 1984, por ausencia temporal del presidente, la propia ministra Salmorán de Tamayo encabezó el pleno). No hubo, por su parte, ninguna mujer en el grupo de seis consejeros ciudadanos nombrados en 1994. Además del dilema de género, las Cámaras decidirán si designan a personas externas a los órganos respectivos o si aprovechan la experiencia de quienes han desarrollado carrera en el sistema judicial, o en órganos electorales.

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