Gómez Palacio

Niegan amparo al ISSSTE

María Elena Holguín

Por María Elena Holguín

Gómez Palacio, Dgo.- El Tercer Tribunal Colegiado del Octavo Circuito confirmó la negativa del amparo y sobreseyó el juicio promovido por la delegación estatal del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado, mediante el que se pretendía exentar del pago de agua potable a la clínica hospital de esta ciudad.

La resolución de la máxima instancia, obliga entonces al Instituto a pagar al Sistema Descentralizado de Agua Potable y Alcantarillado de Gómez Palacio, la cantidad de 2.7 millones de pesos que corresponde al adeudo generado por el uso de este servicio durante los últimos 43 meses.

El titular de la Dirección Jurídica Municipal, José Lorenzo Natera informó que la resolución del Tribunal Colegiado del Octavo Circuito se dio a conocer el día de ayer, y que en los próximos cinco días las partes involucradas serían notificadas de ello.

La delegación estatal del ISSSTE en Durango contará con diez días hábiles a partir de la notificación, para hacer efectivo el pago del adeudo ante el organismo operador; de lo contrario, se tomarían algunas medidas contempladas por la ley como el embargo de bienes propiedad de esa institución, que garanticen la cobertura de ese monto.

El apoderado legal de la administración municipal recordó que el caso llegó a manos del Tribunal Colegiado después que el Instituto promovió un recurso de revisión de la sentencia que a finales de marzo emitió el Juez Segundo de Distrito en La Laguna, mediante la cual se sobreseía el juicio de amparo 101/2003.

La resolución se fundamentó en el hecho de que el ISSSTE no acreditó la existencia de los actos reclamados, pues en la solicitud de amparo se manifestaba que el Sideapa había interrumpido el suministro de agua potable a la clínica hospital de Gómez Palacio, cuando únicamente se le había racionado el volumen como una forma de presionar para hacerlos pagar.

Otro de los argumentos era que el ISSSTE estaba considerado como un organismo descentralizado de la Federación y por lo tanto, exento del pago de los servicios al municipio, pero nunca se acreditó su condición como tal.

En contraste, dijo Natera, el municipio ofreció todas las pruebas que justificaban la legalidad del cobro, toda vez que el suministro de agua potable es un servicio por el que toda la ciudadanía paga una cantidad determinada.

Incluso, se anexó a las pruebas un convenio firmado por el ex director de la clínica, Jorge Corazón Orona para el pago del adeudo, con lo que de manera implícita el ISSSTE reconocía entonces la existencia de ese rezago y su responsabilidad de hacer efectivo el pago.

El reclamo para el pago del adeudo, manifestó, es porque esos recursos podrán destinarse al desarrollo de obra hidráulica que permitirá mejorar la prestación del servicio.

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