LAS SOCIEDADES DE SOLIDARIDAD SOCIAL
AGUSTÍN CABRAL MARTELL
Han solicitado algunos productores rurales, sobre todo los que constituyeron esta figura asociativa con grandes empresas en esta Comarca Lagunera, cómo es que funcionan las Sociedades de Solidaridad Social, debido al compromiso productivo y sobre todo los beneficios que les podrían acarrear, pues bien el propósito es Crear fuentes de trabajo, explotación racional de los recursos naturales, producción, comercialización de bienes y servicios y elevar el nivel de vida de los miembros de la comunidad rural.
En las S.S.S., como se les conoce, las firmas se certifican ante Notario Público, el acta constitutiva debe contener: Denominación, objeto de la sociedad, nombre y domicilio de cada uno de los socios, duración, domicilio social, forma de administración y facultades de los administradores, etc.
En cuanto a los socios, se deben tener en cuenta sus requerimientos, derechos y obligaciones, casos en que se pierde la calidad de socio y en los casos especiales no se permitirán asalariados, los mismos socios harán las actividades que competen a la sociedad y en casos en que se requiera capacitación podrán contratar profesionales temporales.
Es de suma importancia la dirección y administración, asambleas generales, asambleas de represen-tantes, comité ejecutivo y las comisiones que se formen para cumplir con los objetivos de la sociedad.
El comité de financiamiento y de vigilancia, estará integrado por tres propietarios y tres suplentes y sus acuerdos serán válidos sólo si asiste a la asamblea, la mayoría de sus representantes.
La comisión de educación estará formada por tres miembros nombrados por el Comité Ejecutivo, el objetivo será la educación de los socios en base a la propia constitución y a la Ley Nacional de Educación de los Adultos.
El patrimonio social y el fondo de Solidaridad Social.- El patrimonio social se compone de las aportaciones de los socios, de instituciones oficiales, de personas físicas o morales ajenas a esta sociedad y será destinado a la adquisición de bienes destinados al cumplimiento de sus propios fines.
El fondo de solidaridad social se integra con la parte proporcional de cada socio y la cantidad que acuerden los socios aportar y por los donativos, este fondo será destinado a crear fuentes de trabajo, capacitación, construcción, cuotas de retiro, jubilación, etc.
Las autoridades competentes son la Secretaría de la Reforma Agraria y la del Trabajo y Previsión Social, que se encargan de:
Vigilar el cumplimiento de la sociedad (objetivos).
Vigilar el patrimonio social y el fondo de Solidaridad Social; revocar autorizaciones.
Estas sociedades son sujetas de crédito y tienen todo el apoyo del Ejecutivo federal para sus fines.
La liquidación de la sociedad.- Se integrará un comité liquidador formado por tres miembros de la sociedad, uno de la secretaría, uno de los acreedores.
Objetivos: Concluir las operaciones, Inventario, Balance final, Inscripción de liquidadores.
En quince días el comité ejecutivo entregará al comité liquidador todos los bienes de la sociedad.
La Federación y Confederación Nacional, defenderán los intereses de los agremiados.
De la integración nacional y estatal de este tipo de sociedades.
Ésta es una de las mejores opciones que el productor rural puede constituir, ya que puede operar su actividad dadas las facilidades que se le otorgan y que hoy en día se han desarrollado muchas de ellas, no debe estar ajeno y procurar profundizar en este tipo de sociedad, recomendar y fomentar su apoyo, solicitando la asesoría al productor en su creación, pues los productores particulares con experiencia fomentarían el mejoramiento de las condiciones de vida del hombre de campo llamado jornalero, teniendo la calidad de socio, lo que le permitirá estar en el mismo nivel jurídico que los socios mayoritarios en cuanto a la calidad de socio.
Las Sociedades de Solidaridad Social se fundamentan en su propia ley titulada, Ley de Sociedades de Solidaridad Social y en cuanto al procedimiento de constitución, se rigen por las normas generales aplicadas a cualquier sociedad o asociación, desde el propio permiso ante la Secretaría de Relaciones Exteriores y protocolización ante un Notario Público. Ojalá que los productores rurales sepan aprovechar todas las fortalezas que se obtienen al constituir este tipo de sociedad.