Regularán el funcionamiento de juegos de video y los café Internet para evitar acceso de los jóvenes a la pornografía
Gómez Palacio, Dgo.- La Comisión de Salud, Prevención Social y Alcoholes del municipio busca actualizar el reglamento de videojuegos y videoclubes, al que también se pretenden incluir los cafés internet, donde menores de edad pueden acceder a la pornografía sin ningún control.
Isenia Galván Domínguez, encargada de dicha comisión dijo que de acuerdo con inspecciones realizadas en colonias y comunidades rurales, se ha notado una inquietud especial de la ciudadanía porque se regulen dichos establecimientos.
Reconoció que los negocios de “maquinitas” y los cafés internet han crecido en número en Gómez Palacio, pero el reglamento que data de 1990 no contempla a éstos últimos y existe un vacío legal en cuanto a sus condiciones y forma de operar.
A raíz de la denuncia del regidor panista José Antonio Meraz Noriega, quien también forma parte de la comisión, en el sentido de que los videojuegos operan sin control y algunos hasta con contenido pornográfico y muy cercanos a los planteles educativos, Isenia Galván comenzó a recorrer los establecimientos.
El problema principal que se ha detectado, es que no están bien definidas las condiciones en que las máquinas de videojuegos deben estar instaladas, lo que permite que muchas de éstas estén sobre las banquetas y esto dificulte sancionar a los dueños por trabajar fuera de horarios y cometer otra clase de infracciones.
Misceláneas o dulcerías en cuyo interior operan “maquinitas” no acatan el horario para el funcionamiento de estos aparatos, por lo que éstas pueden ser utilizadas después de las ocho de la noche, señalada como hora límite para su operación.
También se ha visto que algunos operan muy cercanos a expendios de bebidas alcohólicas, y que nadie supervisa la edad permitida por el reglamento para acceder a los videojuegos, que es mayor de ocho años.
Respecto de los cafés internet, Isenia Galván comentó que el problema es más complejo, pues a éstos ingresa gente de todas las edades, pero nadie ha tomado en cuenta el fácil acceso que los menores de edad tienen a páginas de contenido pornográfico por el uso público que se hace de las computadoras y el poco cuidado que hay para desaparecer o guardar archivos que sólo deben ser vistos por adultos.
Galván Domínguez dijo que quienes estén interesados en atender esta problemática pueden hacer llegar sus propuestas a la comisión, pues existe un interés especial en adecuar el reglamento a la realidad actual.
La Dirección de Salud Municipal, a través del Departamento de Prevención Social es la dependencia encargada de vigilar las condiciones en que operan los videoclubes y locales de videojuegos, en tanto que el Departamento de Plazas y Mercados se concreta a revisar la vigencia de su licencia de funcionamiento, aunque esta dependencia carece de un padrón oficial de los negocios.
EL REGLAMENTO SE QUEDÓ ATRÁS
Los cafés internet, que han proliferado en Gómez Palacio al igual que en otras ciudades, no están incluidos en el Reglamento de Negocios Dedicados a la Explotación de Juegos de Electropoing y de los Dedicados a la Compra-Venta y Renta de Videofilms en el municipio, que dentro de sus principales condiciones destacan:
· Para “electropoing”:
- Guardar una distancia mínima de 200 metros de centros escolares.
- La misma distancia se hará respetar entre uno y otro negocio.
- No permitir la entrada a menores de ocho años.
- No realizar la venta de cigarros, cerveza ni preparados con contenido alcohólico.
- Los horarios para operar son de las 9:00 a las 13:00 horas y de las 16:00 a las 20:00 horas, los que tendrán aplicación en todos los lugares donde funcione este tipo de diversiones.
- El funcionamiento en misceláneas, expendios de pan y leche o dulcerías deberá sujetarse a ese mismo horario y condiciones.
· Para videoclubes (dedicados a la exhibición, venta o alquiler de películas pornográficas):
- Evitar su promoción en sitios visibles al alcance de los menores.
- Los casetes “tres equis” se mantendrán ocultos, y su listado sólo deberá mostrarse a los adultos.
- Por ningún motivo éstas se rentarán a menores de edad.
Fuente: Datos extraídos del reglamento en mención, vigente desde octubre de 1990.