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Ordena juez aprehender a Romero Deschamps

SUN-AEE

MéXICO, DF.- Un juez federal concedió una orden de aprehensión contra el líder petrolero Carlos Romero Deschamps por los delitos de peculado y uso indebido de atribuciones y facultades.

Esa orden se giró al considerar que hay suficientes evidencias de su participación en el desvío de mil 100 millones de pesos de Petróleos Mexicanos (Pemex), que se destinaron a la campaña presidencial del ex candidato del Partido Revolucionario Institucional (PRI) Francisco Labastida.

Sin embargo, el dirigente sindical no podrá ser detenido, ya que cuenta con una suspensión provisional, concedida por Amado Chiñas Fuentes, juez Cuarto ?A? de Amparo de Distrito.

De acuerdo con la resolución de José Luis Moya Flores, juez décimo tercero de Distrito en Materia de Procesos Penales Federales, queda pendiente por definir otra orden de aprehensión contra el dirigente por el delito de peculado electoral.

En proceso

La acción penal contra Romero Deschamps se suma a diez órdenes de aprehensión giradas desde 2002 contra otros de los involucrados en el Pemexgate, entre los que destacan:

* Sólo un ex funcionario de Pemex, Manuel Gómez

Peralta-Damirón, estuvo en prisión y actualmente

enfrenta un proceso penal por el delito de peculado.

* Rogelio Montemayor Seguy, ex director de Pemex, quien fue detenido con fines de extradición en Houston, Texas, está libre y será hasta el 17 de noviembre cuando en la Corte de ese país se realice la audiencia para definir su repatriación y enfrente los cargos de peculado, peculado electoral y ejercicio indebido del servicio público.

FUENTE: SUN-AEE

Destitución en puerta

La orden de aprehensión girada por el juez décimo tercero de Distrito de Procedimientos Penales Federales en el Distrito Federal en contra de Carlos Romero Deschamps, obliga al Sindicato Petrolero a aplicar los estatutos y destituirlo del cargo de secretario general.

Juan Carlos Chávez, Presidente de la Alianza Nacional Democrática de Trabajadores Petroleros, A. C., explicó que el artículo 290, fracción VI del estatuto establece que basta con que se haya librado tal orden (independientemente de si se promueve o no amparo; o si se otorga o no la libertad bajo fianza) para que Carlos Romero Deschamps quede inhabilitado para ser funcionario sindical.

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