SALTILLO, Coah.-- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), determinó que el anestesiólogo Javier de la Torre Buendía (nombre proporcionado por EL SIGLO), de la clínica 16 del IMSS en Torreón, incurrió en una conducta violatoria al derecho humano de la salud, al descuidar a un paciente bajo su responsabilidad en una operación que se le practicó el 29 de junio de 2002, quien quedó en estado vegetativo durante un mes, por lo que este organismo pidió al director de la institución, Santiago Levy Algazy, que abra una investigación al respecto.
Lo anterior según la recomendación de la CNDH 23/2003, solicitada por EL SIGLO a la oficina de Comunicación Social del organismo defensor de los derechos humanos. Además, la Comisión pidió a Levy Algazy que se indemnice al agraviado conforme a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y que se le proporcione la atención médica y terapéutica que requiere para su rehabilitación.
“La CNDH considera que dicho servidor público (el anestesiólogo) llevó una conducta violatoria al derecho humano de protección a la salud, al no proporcionar una adecuada prestación del servicio público de salud al agraviado, ya que durante la intervención quirúrgica, realizada el 29 de junio de 2002, y luego de aplicar el bloqueo peridural (anestesia regional), no vigiló estrechamente el estado físico y clínico del paciente”.
El organismo defensor de los derechos humanos, explicó que el derechohabiente, Raúl Medina García (nombre proporcionado por EL SIGLO) acudió a la clínica 16 a que se le practicara una circuncisión. (Para mayores detalles ver nuestra edición del miércoles 26, marzo, 2003, sección E, p. 6 “Negligencia médica lo condena a una cama”).
Agregó la CNDH que el anestesiólogo abandonó la sala de operaciones y que el paciente sufrió una deficiencia de falta de oxígeno que afectó al corazón, causando paro respiratorio, el cual fue revertido diez minutos después mediante maniobras externas de resucitación, pero su cerebro no recibió suficiente oxígeno, lo que causó daños a la salud de Medina García.
OMISION DE PROCEDIMIENTOS
Y SUSPENSION DE PRESTACIONES
Además, este organismo nacional observó que durante el desarrollo de la atención médica se dejaron de aplicar criterios y procedimientos establecidos en la Norma Oficial Mexicana NOM-168-SSA1-1998, relativos al expediente clínico, ya que faltaba la historia clínica del paciente; que no se establecieron indicaciones preoperatorias y que no se realizaron reportes de signos vitales durante la operación.
El IMSS otorgó pensión al agraviado a partir del 3 de agosto de 2002, pero según la CNDH, se le suspendieron los servicios médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios a los que tiene derecho; “no obstante habérsele reconocido su capacidad de pensionado por ser derechohabiente del IMSS”.
VIOLACION A LAS LEYES DE LA MATERIA
Como resultado de su investigación, la CNDH determinó que existió deficiente atención médica al agraviado, “lo que deriva en responsabilidad profesional y administrativa del médico anestesiólogo, quien trasgredió el derecho a la salud previsto en el artículo 4º , párrafo tercero, de la Constitución Federa y violó diversos artículos de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica; además de atentar contra la Ley del Seguro Social, el Reglamento de Servicios Médicos de los Derechohabientes y contra La Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos”.
LA CNDH HIZO TRES RECOMENDACIONES A LEVY ALGAZY
En virtud de lo anterior, la CNDH hizo al director nacional del IMSS, Levy Algazy, tres recomendaciones:
1.- Se informe a la Contraloría Interna de la Secretaría de la Función Pública en el IMSS, para que investigue al médico anestesiólogo que intervino en ese caso.
2.- Se indemnice al agraviado de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
3.- Se proporcione al afectado la atención médica y terapéutica, que requiere para su rehabilitación.
Antecedentes
-----29 de junio de 2002.- Por presunto descuido, entra en coma Raúl Medina García, luego de una simple operación de circuncisión.
-----2 de julio 2002.- La esposa del agraviado, Elsa Guadalupe Rodríguez, pide la intervención de la Procuraduría General de Justicia del Estado, para que finque responsabilidad penal.
-----28 de septiembre de 2002. Luego de salir del coma el afectado, por presiones de la directora de la clínica 16, Elisa Baqueiro, el paciente y sus familiares son obligados a abandonar el hospital, pese a que aun seguía bastante afectado de su salud.
-----23 de junio de 2003.- Casi un año después, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, recomienda al director del IMSS, Santiago Levy, que inicie una investigación.