No es un error de sintaxis: al decir complicada Miguel Hidalgo nos referimos a la delegación de ese nombre en el Distrito Federal, cuya gobernación está siendo decidida a estas horas por los tribunales y no al padre de la Patria, nacido hace 250 años (que también era complicado, pero eso no viene ahora a cuento). La rigurosa y al mismo tiempo confusa legislación electoral capitalina ha suscitado un caso de interés peculiarísimo, que afecta primordialmente a los habitantes de esa demarcación, pero también al resto de los ciudadanos del país, porque nace de un exceso en el gasto electoral, un tema que concierne y preocupa a todos.
La delegación Miguel Hidalgo es, por otra parte, de importancia central en la vida del país, como lo indican las siguientes, pocas señales de su relevancia: en su territorio vive el Presidente de la República y es también la residencia de algunas de las personas más pudientes del país y del cuerpo diplomático acreditado en México. Allí se encuentran importantes instalaciones militares y puntos de concurrencia obligada de los habitantes de la ciudad de México y de sus visitantes, como el bosque de Chapultepec, casi todos los museos con gran afluencia y el muy frecuentado Auditorio Nacional con los teatros vecinos. Y a ella pertenecen las zonas de modernidad comercial y residencial más caras del país. Hace tres años, el gobierno delegacional fue ganado por Acción Nacional, que refrendó su triunfo el 6 de julio.
Pero el Instituto Electoral del Distrito Federal, con base en denuncias de contendientes del PAN, determinó que se produjo un exceso de gasto, por encima del límite establecido que fue de poco más de millón y medio de pesos. En todas las legislaciones, la federal y la de los estados se estipulan topes en el gasto de campaña, para evitar una competencia ruinosa en que obtenga la victoria el que ejerza o concite mayor poder financiero.
Pero por regla general ir más allá de los límites en el gasto supone sólo una sanción administrativa. En el caso capitalino la norma implica sanciones políticas y aun penales. Esos datos son los que le dan singularidad. Establecido el exceso de gasto por el Instituto, que en este renglón termina allí su participación, el Tribunal Electoral del D.F. sacó la conclusión correspondiente.
Anuló los comicios delegacionales y ordenó al Jefe de Gobierno proponer a la Asamblea Legislativa el nombramiento de un delegado interino. Dispuso en consecuencia la realización de elecciones extraordinarias, en que como parte de la sanción suscitada por gastar de más no podrán participar el candidato y el partido que incurrieron en esa conducta, Fernando Aboitis y el PAN. Por si fuera poco, el Tribunal dio vista del expediente al ministerio público, pues el Código Penal capitalino prevé una sanción pecuniaria de cien a doscientos días multa y prisión de uno a seis años al funcionario partidista o al candidato que —dice su defectuosa redacción— “se exceda en el monto de los topes para gastos de campaña establecidos de acuerdo a los criterios legalmente autorizados previo a la elección”.
Acción Nacional acudió al juicio de revisión constitucional, que actualmente desahoga la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Esa instancia debe resolver, si no lo hizo ya a la hora en que usted lea estas líneas, o en el curso de las próximas, pues las autoridades delegacionales toman posesión el próximo miércoles, primero de octubre. El tribunal puede confirmar la decisión de su homólogo capitalino total o parcialmente. Es decir puede hacer que persista la anulación en todos sus términos, o mantenerla pero sin sancionar al candidato y al partido inculpados, por juzgar que el sobregasto no fue determinante del resultado de la elección o porque fue de menor monto del señalado, 423 mil pesos.
Este extremo es posible ya que el gasto medido por el Instituto incluye porciones derivadas del prorrateo del gasto que es preciso calcular en el caso de campañas conjuntas, como fueron las del seis de julio, en que se eligieron también diputados locales. Por añadidura, la ufanía del Partido de la Revolución Democrática ante la anulación de los comicios se vino pronto abajo.
De prevalecer esa decisión, el PRD iría a la elección extraordinaria con gran ventaja, pues fue mínima la diferencia que lo separó del PAN y muy ancha la que dejó atrás al resto de los partidos. Pero el Instituto encontró que también se excedió en el gasto electoral, aun por una cantidad mayor que la atribuida al PAN, unos 600 mil pesos, por lo que su candidato Agustín Barrios Gómez podría eventualmente quedar también excluido de la nueva contienda. Su caso también está pendiente, primero en el Tribunal local y después, en el término de unas horas, que se antoja brevísimo, iría al federal.
Todo antes de que termine el día de mañana, a fin de no dejar sin autoridad a Miguel Hidalgo. La anulación de las elecciones no es una novedad en la historia reciente de la justicia respectiva. Han sido invalidados comicios no sólo municipales, sino los estatales de Tabasco en 2000, en cuya reedición contendieron los mismos candidatos principales. Pero dados los rigores de la ley capitalina, eso podría no ocurrir aquí, con lo que la enorme mayoría de los ciudadanos de Miguel Hidalgo quedaría sin opción electoral propia (en beneficio del PRI, crecientemente marginado por los votantes capitalinos) a causa de la avidez y la irresponsabilidad del PAN y el PRD.