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Plaza pública/Contra la Guerra Sucia

Miguel Ángel Granados Chapa

Es inminente (por lo menos es necesaria, urgentísima) la resolución de la Suprema Corte sobre el carácter jurídico del delito de privación ilegal de la libertad. Su primera sala debe decidir, de un momento a otro, si ese ilícito es de ejecución instantánea o es continuo. De esa definición depende, en amplia medida y en gran número de casos, el futuro del esclarecimiento del pasado que es imprescindible realizar en México.

El caso a que se refiere esa resolución judicial, pendiente desde hace cien días (pues el ministro ponente lo recibió el 11 de junio) es singularísimo de varios modos. Es el primero en que fue posible documentar, mediante el trabajo de la Fiscalía Especial que se ocupa de los delitos cometidos por servidores públicos en la Guerra Sucia de las décadas anteriores, que una persona aprehendida sin orden de juez alguno fue formalmente recibida por la policía política y no se supo más de ella, debiendo haber sido entregada al ministerio público o puesta en libertad.

Es también el primer caso en que altos responsables de esa policía, de la Dirección Federal de Seguridad, han sido llevados ante un juez, el 4o. de distrito con residencia en Monterrey.

Sin embargo ese juez, Guillermo Vázquez Martínez, negó la orden de aprehensión solicitada, sobre el argumento de que el delito de privar de la libertad a Jesús Piedra Ibarra se consumó en el instante mismo de su ilegal captura y que por lo tanto ha prescrito, pues ocurrió en el remoto 18 de abril de 1975. Sostiene en cambio la Fiscalía Especial que el delito es continuo, pues una desaparición sólo concluye con su contrario y por lo tanto es susceptible de castigo mientras la víctima no aparezca o se conozca su suerte. Si la Corte ordena al juez modificar su fallo, podrán ser aprehendidos dos ex directores federales de seguridad, Luis de la Barreda Moreno y Miguel Nazar Haro y el agente judicial regiomontano Juventino Romero Cisneros, que detuvo a Piedra Ibarra y lo remitió a la DFS.

Es también singular el caso porque la madre del desaparecido, doña Rosario Ibarra, a raíz de la detención de su hijo sin que fuera consignado a la autoridad respectiva, emprendió su búsqueda movida primero por el dolor personal, al que se añadiría después una poderosa convicción política. Hace más de un cuarto de siglo que reclama la presentación de los desaparecidos de entonces y de otros muchos que en los años recientes han padecido esa infame acción de manos de agentes de la autoridad.

Escaldada su alma por engaños de presidentes y secretarios, procuradores y líderes políticos a lo largo de esos años, pero vigorosa su voluntad de lucha por la justicia, descree de la legitimidad y la eficacia de la Fiscalía creada por el presidente Fox el 27 de noviembre de 2001 y hasta la rechaza como una maniobra de ocultamiento de la verdad y para dejar impunes a los criminales de la Guerra Sucia.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha rechazado de modo explícito incurrir en el activismo judicial, una de cuyas vertientes consistiría en asomarse al entorno social sobre el que caen sus sentencias, para calcular desde una elevada ponderación ética apoyada en el derecho, las consecuencias de sus decisiones. Pero aun sin practicar tal activismo, a la Corte le bastará examinar la índole del acontecimiento a que se refiere el expediente judicial y el vasto movimiento mundial que ha llevado a la redacción y aprobación de tratados internacionales contra esta forma ilegal de represión, para saber que la estrecha interpretación del juez Vázquez Martínez debe ser revisada.

Fue ya un buen indicio el que admitiera el caso, que normalmente debería haber sido resuelto en segunda instancia por un magistrado de apelación.

La singularidad de este asunto lo ha hecho emblemático de la lucha contra el olvido y la injusticia. Pero esa lucha no se agota en ese caso particular ni en las capacidades indagatorias de una oficina creada ex profeso. Por eso la Fiscalía Especial convocó la semana pasada a toda persona u organización que proporcione informes que contribuyan a esclarecer hechos como las desapariciones, la prisión ilegal, los homicidios y latrocinios cometidos por personal gubernamental más allá o al margen de sus responsabilidades legales.

La aportación de tales informaciones reforzará sin duda la actividad de la Fiscalía, que según notificó al emitir la convocatoria mencionada, ha emprendido más de 400 averiguaciones previas.

Respecto de las matanzas del 2 de octubre de 1968 y 10 de junio de 1971, la Fiscalía ha llamado a declarar a diez indiciados, es decir señalados en acusaciones como probables autores de aquellos homicidios colectivos, episodios de una represión que víctimas de aquellos hechos consideran un genocidio.

La espectacularidad de algunas comparecencias, especialmente la del ex presidente Luis Echeverría provocó expectativas exageradas y la decepción de quienes no vieron enseguida tras las rejas al secretario de Gobernación que erigió sobre tumbas su candidatura presidencial.

Una endeble procuración de justicia es a menudo causa de impunidad en casos presentes o recientes. Lo es en mayor medida respecto de acontecimientos lejanos y que afectan al Estado autoritario y sus personeros. Para la realización cabal de sus tareas, la Fiscalía Especial requiere por ello medios materiales pero sobre todo reclama apoyo político de un gobierno legalmente investido y comprensión y empuje de la sociedad agraviada por la Guerra Sucia.

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