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Plaza pública/Propaganda mexiquense

Miguel Ángel Granados Chapa

En obvia y burda conexión con la consulta organizada por la Alianza para todos, la coalición del PRI y el Partido Verde en el Estado de México, hoy concluye un presunto Foro nacional de procuración de justicia, a que convocó el Gobierno mexiquense. De tal modo son, en realidad, dos etapas de una misma operación propagandística que si bien se miran las cosas, ayer y hoy funcionarios de la Procuraduría de Justicia de aquella entidad podrían ser acusados de delitos electorales, por poner recursos públicos al servicio de un partido, el que gobierna en ese estado. No otra cosa se ha hecho al conectar con un tema oficial la materia de una consulta de carácter electoral.

La coalición tetracolor promueve, para el próximo domingo, una consulta ciudadana titulada “por tu seguridad” y para responder a la pregunta: ¿Quieres un castigo ejemplar para delitos graves?, a lo que sigue una oferta: “Tu voz es nuestro mandato”.

El PRI y los verdes convocan “a las organizaciones civiles, agrupaciones religiosas, organizaciones de derechos humanos y ciudadanos mexiquenses, a integrar las mesas de consulta para determinar si sus candidatos a diputados proponen una iniciativa de ley al congreso local para incorporar la pena de muerte a delitos como secuestro, homicidio calificado, robo de infantes y robo con violencia extrema. Cadena perpetua para delitos como violación, corrupción de autoridades judiciales y funcionarios públicos....” etcétera. Simultáneamente la Procuraduría mexiquense convocó de modo solemne al foro que empezó ayer y concluye hoy, y que “tiene como objetivo conocer el sentir de la sociedad y las reflexiones de los estudiosos del derecho acerca de los fenómenos sociales vinculados a la procuración de justicia, para incorporar sus aportaciones al sistema de justicia de la entidad en materia de penalidades en delitos graves...”. En el temario se incluye, en primer lugar, la pena de muerte y la cadena perpetua.

Exactamente iguales los llamados, queda evidente que se trata de una misma operación propagandística, disfrazado el foro de un pretendido ropaje académico pues sus sesiones ocurrieron en ámbitos universitarios. Si sólo de eso se tratara, de fundir acciones de gobierno y partidarias en torno de un sólo objetivo, el asunto sería grave por ser muestra de que en el Estado de México la simbiosis del partido de Estado no ha dejado de tener vigencia. Pero es aún más grave el fenómeno, porque incluye un engaño descomunal a los votantes. Se quiere aprovechar la crispación social que especialmente se percibe en la zona conurbada mexiquense con el Distrito Federal en torno a la inseguridad. Y se pretende hacer creer a los electores, acudan o no a la consulta, que es posible modificar la legislación penal en la dirección anotada, y que a ello se compromete los diputados de la Alianza para todos que sean elegidos.

No es posible incorporar la pena de muerte al código penal mexiquense ni a su “sistema judicial” como dice la Procuraduría. Lo prohíben la Constitución general de la República y tratados internacionales. Para enmendar la legislación local en el sentido enunciado por los partidos que creen que sus candidatos a diputados pueden proponer una iniciativa de ley (así lo dice la convocatoria) sería menester reformar el artículo 22 de la Constitución, algo que notoriamente está fuera de su alcance y procurar que los instrumentos internacionales que regulan la actitud mexicana ante la pena de muerte sean denunciados.

La Constitución federal establece que la pena de muerte “sólo podrá imponerse al traidor a la patria en guerra extranjera, al parricida, al homicida con premeditación, alevosía y ventaja, al incendiario, al plagiario, al salteador de caminos, al pirata y a los reos de delitos graves del orden común”. Por su parte, la Convención americana sobre derechos humanos, el Pacto de San José, determina que no se extenderá la aplicación de la pena de muerte “a delitos a los cuales no se aplique actualmente”. Y esa estipulación forma parte de nuestro derecho, porque la Convención es un tratado suscrito por el Ejecutivo y ratificado por el Senado.

Por si fuera poco, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha emitido una opinión consultiva al respecto (que puede leerse en el libro Derecho constitucional y derecho internacional de los derechos humanos, de Santiago Corcuera, miembro del consejo de la Comisión de Derechos Humanos del DF, que ha tenido una atinada apreciación sobre la consulta del próximo domingo).

Dice la Corte: “No se trata ya de rodear de condiciones rigurosas la excepcional imposición o aplicación de la pena de muerte sino de ponerle un límite definitivo, a través de un proceso progresivo e irreversible destinado a cumplirse tanto en los países que no han resuelto aún abolirla, como en aquéllos que sí han tomado esa determinación. En el primer caso, si bien la Convención no llega a la supresión de la pena de muerte, sí prohíbe que se extienda su uso y que se imponga respecto a los delitos para los cuales no estaba prevista anteriormente.

Se impide así cualquier expansión en la lista de crímenes castigados con esa pena. En el segundo caso, prohíbe de modo absoluto el restablecimiento de la pena capital para todo tipo de delito, de tal manera que la decisión de un Estado parte de la Convención, cualquiera que sea el tiempo en que la haya adoptado, en el sentido de abolir la pena de muerte se convierte, ipso jure, en una resolución definitiva e irrevocable”.

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