A iniciativa de la Cámara de Comercio de Torreón, vuelve una vieja solicitud de reforma a la legislación penal de Coahuila para combatir el “grafiti” y el “farderismo”. El primero consiste en manchar paredes con pintura en aerosol e implica daños a la propiedad que ensucian nuestras ciudades; el segundo es un robo sistemático de mercancías a pequeña escala que genera pérdidas al comercio establecido y ambos fenómenos, plantean un grave problema de seguridad pública cuando se realizan por bandas organizadas.
Como en otras ocasiones, se pide crear nuevas definiciones penales y establecer castigos agravados para quienes incurren en esos delitos en forma reiterada, pues existe la experiencia de que los responsables más tardan en ser detenidos y encarcelados, que liberados en función del beneficio de libertad bajo fianza que la ley concede en el caso de delitos clasificados como no graves.
La libertad bajo fianza es un beneficio que se debe conservar, porque de él depende que los procesados gocen de libertad durante el juicio que determine su inocencia o culpabilidad. Esta figura ayuda tanto a proteger a las personas inocentes que son injustamente acusadas, como a la readaptación de quienes cometen un delito por vez primera.
Un estudio somero de nuestra legislación penal, indica que el problema no reside en la legislación vigente, sino en la falta de voluntad política e incapacidad de la Procuraduría de Justicia del Estado. Las autoridades de esa dependencia suelen mentir, cuando al ser interpeladas por los empresarios alegan que el Ministerio Público no tiene forma de impedir que los delincuentes que reinciden recuperen su libertad mediante una fianza.
El artículo 585 del Código de Procedimientos Penales de Coahuila, dispone que: “En casos de delitos no graves, a solicitud del Ministerio Público, el Juez podrá negar la libertad caucional (bajo fianza)... cuando el Ministerio Público aporte elementos al Juez para establecer que la libertad del inculpado representa, por su conducta precedente o por las circunstancias y características del delito cometido, un riesgo para el ofendido o para la sociedad...”.
Esta disposición u otra equivalente siempre han existido en Coahuila y en el caso del Código actual, está incluida desde que inició su vigencia el primero de septiembre de 1999.
Pese a la claridad del artículo citado, la impunidad en el caso del “grafiti”, el “farderismo” y otros delitos continúa y con ello, el debate social en el que son protagonistas importantes los Organismos Empresariales y la Procuraduría de Justicia. Cada vez que recurre el debate, la Procuraduría esgrime el mismo argumento falaz, las Cámaras caen en el engaño y se vuelve a solicitar la reforma legal.
La burla de la Procuraduría llega al extremo de asegurar que existen dificultades para combatir el “grafiti” y el “farderismo”, por virtud de una laguna que se sugiere colmar mediante la creación de figuras legales que consideren a esas conductas como nuevos delitos específicos.
Lo anterior es innecesario, en virtud de que el “grafiti” y el “farderismo” están asimilados a los delitos de Daños y Robo previstos en los artículos 435 y 410 del Código Penal de Coahuila y el considerarlos como delitos especiales en nada contribuye a su persecución y castigo. Como se ve, lo que hace falta es que la Procuraduría de Justicia haga su tarea.
En la práctica algunos Agentes del Ministerio Público, por pereza o venalidad abusan de las facultades discrecionales que la ley les concede u omiten el análisis de cada caso concreto. En lugar de oponerse a la libertad bajo fianza en los casos de reincidencia, actúan con ligereza o encuentran en el disimulo un gran negocio, que genera una estructura de corrupción en la que participan funcionarios y delincuentes.
La cúpula de mando en la Procuraduría no ejerce control alguno sobre el particular, porque no se emplea un banco de información que permita disponer del historial delictivo de cada inculpado y ayude a formar criterio a Jueces y Agentes del Ministerio público, sobre la pertinencia de conceder o no la libertad bajo fianza en cada caso.
Mientras tales deficiencias no se reconozcan y corrijan, el debate entre Organismos Empresariales y Procuraduría es inútil; los muros de nuestras ciudades seguirán pintarrajeados y nuestros comercios saqueados.