A partir del 2004 se podrán exigir indemnizaciones en caso de daños y perjucios al consumidor
El delegado de la Procuraduría Federal del Consumidor, Bonifacio Herrera Rivera, advirtió que la dependencia a su cargo, a partir del 2004, dispondrá de facultades legales para imponer medidas precautorias en los casos donde existan riesgos a la vida, salud o al patrimonio de los compradores del algún bien o servicio, o bien cuando haya prácticas abusivas por parte del vendedor.
Explicó que dentro de la gama de prácticas abusivas destacan el incumplimiento de precios establecidos por el gobierno, condicionamiento de ventas, renuencia a cumplir las ofertas y promociones, así como discriminación y difusión de publicidad engañosa.
Este tipo de facultades legales para la Profeco, que se derivan de la reforma integral a la Ley Federal de Protección al Consumidor, aprobada por el Congreso del Estado, traerán como consecuencia que esta dependencia podrá representar a los compradores en el ejercicio de acciones colectivas a fin de que puedan ser indemnizados por daños y perjuicios que algún proveedor les ocasione.
Asimismo, los consumidores contarán con los mecanismos que les permitan agilizar la defensa de sus derechos ante las instancias judiciales competentes, cuando el proveedor no cumpla con lo convenido ante la Profeco.
Adicionalmente, la Procuraduría podrá ordenar a los proveedores que informen a los consumidores –inclusive a través de los medios de comunicación masiva- cuando realicen acciones que afecten a sus intereses o violen sus derechos, así como la manera en que podrán ser satisfechos en el quebranto de sus derechos, asentó Herrera Rivera.
En el caso de los sistemas conocidos como autofinanciamientos, se estableció una mejoría sustancial, de tal manera que habrá mayor certidumbre y seguridad para las personas que recurren a este tipo de modalidades de compra.
Dentro de las facultades, se asentó que la Profeco podrá clausurar establecimientos comerciales hasta por 90 días, cuando se haya cometido una falta en perjuicio del consumidor, enfatizó el funcionario en una entrevista con este matutino.
DISPOSICIONES
Legislación del consumo
A partir del 2004, los compradores de bienes y servicios gozarán de un menú más amplio de protección.
La nueva Ley Federal de Protección al Consumidor, aprobada por el Congreso de la Unión, busca fortalecer los derechos de las personas que adquieren bienes o servicios.
Los proveedores de gas, electricidad o telecomunicaciones no podrán interrumpir servicios si hay de por medio una queja ante la Profeco.
La Procuraduría en cuestión podrá asegurar bienes o productos que se comercialicen fuera del negocio cuando no cumplan con las disposiciones aplicables.
Cuando se ponga en riesgo la vida, salud o seguridad de los compradores, la multa podrá alcanzar los 2.52 millones de pesos y el doble en caso de reincidencia.
FUENTE: Congreso de la Unión.