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Publica Hacienda reglas para calificación crediticia

Notimex

México, DF.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer las reglas para la calificación de la cartera crediticia, conforme a las disposiciones del artículo 14 de la Ley Orgánica de la Financiera Rural.

Las reglas, vigentes desde este jueves, fijan las bases para la calificación de la cartera de créditos de la Financiera Rural; la documentación e información que deberá recabar para el otorgamiento, renovación y durante la vigencia de créditos de cualquier naturaleza. La Financiera Rural elaborará los manuales para establecer las normas de carácter general para el otorgamiento y renovación de créditos a su favor, los cuales deberán someterse a la aprobación de su consejo directivo, precisan las reglas publicadas en el Diario Oficial.

A la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) corresponderá determinar los límites máximos del importe de responsabilidades directas y contingentes, de una persona, entidad o grupo de personas que constituyan riesgos comunes para Financiera Rural.

Para el otorgamiento o renovación de cualquier crédito, Financiera Rural cuidará los requisitos legales y dejará constancia de su conformidad respecto de los contratos y títulos de crédito. También, establecerá los mecanismos necesarios para lograr la calificación uniforme de su cartera, con base en los diversos grados de riesgo a que esté expuesta, aunque la CNBV podrá autorizar que algunos programas masivos de crédito se califiquen de manera global.

La calificación corresponderá al grado de riesgo y los resultados se presentarán en la Secretaría de Hacienda, Banco de México y CNBV, a más tardar dentro de los 90 días naturales, siguientes al mes al que esté referida. El texto aclara que la CNBV será la que determine la metodología para la calificación de la cartera de créditos, así como la periocidad con que se llevará a cabo tal calificación.

Precisa que Financiera Rural deberá constituir y mantener reservas preventivas para la cartera crediticia de acuerdo con las metodologías de calificación dadas a conocer por la CNBV y los grados de riesgo.

En casos excepcionales, la SHCP, con la opinión de la CNBV, podrá ampliar los plazos que determinan las reglas y disposiciones aplicables, considerando la situación financiera que motive a la institución a solicitar ampliación.

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