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Reglamento de Salud en Torreón, viola los derechos humanos y es anticonstitucional: CDHC

SALTILLO, Coah.- La Comisión de Derechos Humanos de Coahuila, determinó que el artículo 75 del Reglamento de Salud y Asistencia Social, de Torreón, viola los derechos humanos y es anticonstitucional; por lo que pidió desde el 19 de marzo por escrito al alcalde Guillermo Anaya Llamas, que se inicien los trabajos tendientes a conseguir la modificación y reforma de tal ordenamiento.

La presidenta de la CDHC, Miriam Cárdenas Cantú, informó lo anterior y expuso que si bien se trata de un reglamento de sanidad municipal y que su artículo 75 señala el fin de proteger a la población del sida, “la penalización de las prácticas homosexuales no puede considerarse un medio razonable, o una medida proporcionada para impedir la expansión del VHI y del síndrome de inmunodeficiencia adquirida”.

En entrevista exclusiva con EL SIGLO, en sus oficinas de Saltillo, la defensora de los derechos aclaró que la intervención de la CDHC obedece a una petición del grupo denominado “Por el Respeto de los Derechos de las Minorías, A.C.”, el cual solicitó que se promuevan reformas al Reglamento de Salud y Asistencia Social.

Cárdenas Cantú, en su documento que le dirige al alcalde desmenuza parte por parte el contenido del artículo 75, en el cual se señala que se actúa respetando el marco constitucional y de derechos humanos, así como las preferencias sexuales individuales.

Pero que el propio artículo establece que las personas del sexo masculino serán detenidas por los inspectores, cuando se les encuentre en la vía pública o en sitios públicos vestidos o maquillados como mujeres.

DISPOSICIÓN EXTRAÑA E INCONSTITUCIONALIDAD

“Esta disposición resulta extraña, porque la protección a la salud carece de nexo con una conducta desplegada por un individuo, como lo es el vestirse y maquillarse de determinada manera, lo que hace suponer que se asocia a estas personas directamente con la homosexualidad o la prostitución, y no necesariamente van unidas”, expresa Miriam Cárdenas en el documento que le envió al alcalde de Torreón.

En su amplia argumentación, apegada a la ley, la presidenta de la CDHC expone que además de las consideraciones lógicas para rebatir el citado artículo, atenta contra nuestra Constitución y los Derechos Universales del Hombre.

Precisa que el artículo 1º de la Constitución establece que queda prohibida toda discriminación, motivada por las preferencias de las personas; por lo que si por mandato constitucional no deben existir actos discriminatorios, “mucho menos normas de menor rango que los contengan”.

CUALQUIERA QUEDA EXPUESTO, CON EL ARTICULO 75

Cárdenas Cantú, observó que por la discrecionalidad que el multicitado artículo otorga a los inspectores, cualquier ciudadano queda expuesto a sufrir una detención, según el criterio de esta autoridad.

“Se deja a la discreción de los inspectores municipales determinar si el vestido usado por la persona es o no considerado ‘como de mujer’, pero hoy las personas se visten de muchas formas usando ropa que se conoce ‘unisex’ que puede ser usada por cualquier sexo, lo que permite que cualquier ciudadano quede expuesto al criterio amplio o estrecho del servidor público”.

Aseguró que de acuerdo a la Constitución, la detención de una persona por estos motivos, es claramente ilegal porque contraviene a la Carta Magna; pero que además hasta contradictoria al establecer que los hombres que vistan como mujer, únicamente serán detenidos por los inspectores municipales.

ILEGAL OBLIGAR AL EXAMEN DEL VIH

Consideró, además, que es ilegal que las personas detenidas por los motivos que se señalan, deban realizarse en forma obligatoria el examen para la detección del VIH.

Argumentó que conforme a la Constitución y a la Norma Oficial Mexicana sobre la detección del sida, el análisis para la detección de esta enfermedad debe ser voluntario, firmándose la autorización respectiva y respetándose el derecho a la confidencialidad de los resultados.

“Amén de que también se establece que ninguna autoridad puede exigir las pruebas de detección del VIH/sida a una persona, o los resultados de las mismas, sin que presente una orden judicial”.

TAMBIEN SE VIOLAN LOS TRATADOS INTERNACIONALES

También, agregó, el artículo 75 viola los tratados internacionales que sobre derechos humanos ha firmado México, ya que conforme a lo indicado en el artículo 133 de la Constitución Federal los acuerdos que nuestro país signe con otras naciones, son ley suprema para todos los mexicanos, inclusive predominando sobre las disposiciones que en contrario puedan contener las leyes estatales y locales.

Por lo tanto, indicó, la referida disposición del ayuntamiento de Torreón, viola la Declaración Universal de Derechos Humanos, sobre todo en su parte que dice que todos los seremos humanos nacemos iguales con los mismos derechos, sin distinción de raza, sexo, color, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole.

En este sentido, añadió, viola también el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que entre otras cosas, retoma el principio de igualdad entre todos los seres humanos que establece la anterior declaración universal, y señala además que nadie será objeto de ingerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia o domicilio; ni de ataques ilegales a su honra y reputación.

Expuso que a mayor abundamiento, el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, estableció en 1994 un criterio derivado del famoso caso mundial de Toonen Vs Australia, en el que se afirma que la orientación sexual es una categoría protegida por los artículos 2 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, firmado por México.

Por lo que el criterio de la ONU, según precisó Cárdenas Cantú, considera que todas las leyes que prohíben las relaciones sexuales de mutuo consentimiento entre personas del mismo sexo y mayores de edad, son violatorias al derecho de las personas de tener una vida privada.

IMPULSAR PROGRAMAS CONTRA EL SIDA

Según se desprende de la carta que la CDHC dirigió al alcalde de Torreón, el ayuntamiento en vez de andar persiguiendo a hombres vestidos como mujer debe implementar un programa para evitar la propagación del VIH, entre toda la población, sin poner un especial y discriminatorio interés sobre los llamados grupos “gay”.

Cárdenas Cantú, dijo que además de un programa contra el sida, la autoridad debe respetar la confidencialidad de las personas a las que se les detecte el VIH y apoyarlas, para que afronten su enfermedad.

Dijo que es un interés común evitar la pandemia del sida, no sólo de las autoridades, pero que debe prevalecer en esta lucha un ambiente de respeto, de tolerancia, de apoyo y de colaboración, para que se generen cambios positivos que redunden en una sociedad más justa y más humana.

“Por lo que le reitero mi solicitud de modificar la disposición reglamentaria, y dada la naturaleza de esta petición, apelo al interés que demuestra por su ciudadanía, para recibir una respuesta favorable a este planteamiento, a la brevedad posible”, dijo la presidenta de la CDHC al dirigirse a Anaya Llamas.

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