Durango

Se está supeditanto Poder Judicial al Ejecutivo: Favela V.

El acuerdo del pleno del Tribunal Superior de Justicia para cambiar a los magistrados electorales, y la consecuente convocatoria, es un acto arbitrario y atropellado, e inconstitucional la actitud del Presidente del Tribunal Superior de Justicia y (el) Presidente del Consejo de la Judicatura, pues lejos de garantizar la independencia y autonomía del Poder Judicial, lo subordina al Ejecutivo.

Tales son apreciaciones hechas por el presidente del Tribunal Estatal Electoral, José Gerardo Favela Vargas, al señalar que la convocatoria es un acto arbitrario, puesto que no le compete al Tribunal Superior de Justicia asumir funciones para determinar la terminación anticipada de la prórroga concedida por el Congreso del Estado a los actuales magistrados electorales.

Indicó que actualmente los magistrados sólo han fungido para un proceso electoral de la prórroga y les falta el segundo proceso electoral por cumplir, “no siendo competencia ni jurisdicción para disminuir el periodo del nombramiento otorgado por el Congreso del Estado, y aún sin consultar al TEE”, indicó.

Otra consideración que hace es que es anticonstitucional la actitud del presidente del TSJ, José Hugo Martínez Ortiz, en el sentido de que está subordinando el Poder Judicial al Ejecutivo, lo que evidencia “una fidelidad a una tradición política y costumbre que sexenio tras sexenio se había observado en la remoción de todos los magistrados del Poder Judicial, supeditándolos a los cambios del Poder Ejecutivo, sin considerar que atenta contra la esencia del principio republicado y democrático de la división de poderes”.

Favela Vargas, quien inició en días pasados un juicio de garantías ante el Poder Judicial de la Federación para que determine si es o no constitucional el acuerdo del Tribunal Superior de Justicia para remover a los magistrados electorales, detalló que el autor de la iniciativa de ley con la cual se reformó la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, la cual envió el 22 de enero de 2002.

Indicó que este acuerdo del TSJ atenta contra la debida integración de los magistrados integrantes del Poder Judicial, ya que a pesar de que en el artículo 91 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango, establece que el Tribunal Superior de Justicia se integrará con magistrados numerarios y supernumerarios, siendo estos últimos los que suplirán a los magistrados numerarios en sus faltas temporales y definitiva.

Afirma que en contravención a tal disposición constitucional, “se evidencia la subordinación y supeditación que el Poder Judicial se hace al Ejecutivo, ya que en su artículo 10 de la Ley Orgánica del Poder Judicial vigente, señala que los magistrados deberán presentar su renuncia ante el Ejecutivo con copia al pleno del Tribunal, teniendo el Ejecutivo la facultad de sancionar tal renuncia y calificarlo de procedente o improcedente, y la turnará con su opinión al Congreso para la aceptación definitiva, procediéndose a designar nuevo magistrado para que cumpla con su encargo, remitiéndonos al procedimiento establecido en el artículo 9 de la propia ley, que señala que el Ejecutivo proponga al Congreso los candidatos para que mediante el voto secreto de la mayoría de los diputados presentes proceda al nombramiento y, en caso de no aceptar a las personas propuestas podrá presentar otra propuesta, la cual en caso de no ser aceptada procederá a la designación que corresponda con el carácter de definitiva.

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