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Se inconforman ante Hacienda por el DAP

TORREÓN, COAH.- Los integrantes de la Cámara de la Propiedad Urbana no están dispuestos a seguir pagando el servicio de Alumbrado Público cuyo cobro es anticonstitucional y en muchos casos no se ofrece y ayer presentaron el recurso de inconformidad en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Rubén González Hernández, presidente del citado organismo, dijo que el documento se fundamenta en lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley de Coordinación Fiscal y es en contra del H. Congreso Constitucional del Estado de Coahuila, así como contra el H. Municipio de Torreón.

El representante de la Cámara acudió al medio día de ayer al Sistema de Administración Tributaria (SAT) y presentó el documento de inconformidad que le fue recibido y sellado por la autoridad federal y como parte de la papelería, exhibió el comportamiento que tuvo la dependencia para exentar del cobro del Derecho de Alumbrado Público (DAP), a otros grupos de Torreón que a la fecha no pagan ese servicio.

Hace referencia en su escrito, a lo señalado en el apartado XXIX del artículo 73 de la Constitución en el que se indica que sólo el Congreso de la Unión tiene facultades para establecer contribuciones sobre la energía eléctrica y el artículo 115 Constitucional, donde señala que el Municipio única y exclusivamente puede establecer contribuciones sobre determinados objetos o fuentes sujetas a gravamen entre las que se encuentran comprendidos los servicios de alumbrado público.

Por lo anterior, consideró González Hernández, que al establecer un derecho de esa índole, el Municipio de Torreón debió preocuparse por dar y procurar un razonable equilibrio entre la cuota percibida por dicho derecho y la prestación del servicio, imponiéndose en dar el mismo trato fiscal a los que reciben igual servicio, estimó.

Luego de exponer motivos y exhibir todo tipo de recursos legales que le permiten el reclamo legal a través de la inconformidad por el cobro de alumbrado público, el presidente de la Cámara de la Propiedad Urbana, advirtió que no están dispuestos a continuar pagando dicho servicio.

Además, solicitó a la Secretaría de Hacienda, se ordene a la Tesorería de la Federación, la devolución de las cantidades indebidamente cobradas por parte del Ayuntamiento de Torreón, con cargo a las participaciones de esa entidad federativa del Estado de Coahuila, en atención a que ha quedado en evidencia que el cobro del citado Derecho ha sido declarado inconstitucional por Jurisprudencia de la Corte.

Costosa oscuridad

Por otra parte, González Hernández declaró que amplios sectores de fraccionamientos como La Fuente, Residencial del Norte, Prados del Oriente, Valle Oriente, Nuevo California y otros, permanecen sin servicio de alumbrado público.

A pesar de ello, cada bimestre se les incluye en su recibo de luz, el cobro del cinco por ciento por Derecho de Alumbrado Público (DAP), convirtiéndose este municipio en el único sitio donde la autoridad aplica un cobro por un servicio que no ofrece.

Las protestas de la comunidad, a pesar de estar dentro de la legalidad, siguen sin repuesta positiva, pues el Presidente Municipal, lejos de atender los problemas de la gente sigue peleándose con los “gays”, puntualizó.

EL RESPETO AL DERECHO

Todos estamos obligados a respetar la Constitución y las leyes que de ella emanan; es obligación de autoridades y ciudadanos, el Municipio tiene Derecho al procedimiento económico coactivo de todos aquellos que le deben contribuciones, pero también de respetar la Ley y el derecho del cobro de impuestos no se puede transferir a particulares como el caso de Simas donde los adeudos de consumidores han sido transferidos a siete abogados, lo que afectará más su economía”.

Guillermo Anaya ha equivocado su política, la represión nunca ha sido la mejor forma de gobernar; hay rezagos en Predial, en Simas, pero también hay muchas operaciones de permuta pendientes, de las cuales ya no se ha informado nada; ¿qué esos casos no son también para siete abogados o la Ley se aplica sólo en el considerado más débil?

FUENTE: CPUT

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