EL PAÍS
Bruselas, BÉLGICA.- La primera Constitución para Europa que intentan aprobar los líderes de los 25 países que tendrá la UE a partir de mayo próximo constituye el mayor salto hacia una Unión política tras tener ya en la mano la económica y monetaria. El texto consta de un preámbulo y 460 artículos divididos en tres partes, más una cuarta de disposiciones finales, así como media docena de protocolos o anejos.
Ayer Alemania y Polonia fallaron en lograr un acuerdo sobre el sistema de votación en la Unión Europea (UE) de 25 miembros, con lo que se abrieron las puertas para que la aprobación del borrador de Constitución del grupo se posponga.
El canciller federal alemán Gerhard Schröeder recibió ayer al presidente polaco Aleksander Kwasniewski para tratar de superar las diferencias sobre el sistema de votación en la UE fijado por el borrador constitucional, lo que al final no lograron.
Las escuetas versiones de las oficinas del canciller federal alemán y del presidente polaco fueron ampliadas por sus respectivos ministros de Asuntos Exteriores, que además de coincidir en la falta de acuerdo dejaron entrever la postergación del texto constitucional.
Al margen de litigio sobre el reparto de poder, son éstas las principales novedades del documento que se convertirá en 2006 ó 2007, cuando entre en vigor, en el Tratado Constitucional de la UE.
Estados y ciudadanos
La UE se define como una unión “de los ciudadanos y de los Estados de Europa” (no de pueblos y Estados, como querían mantener los nacionalistas) que coordina sus política “de modo comunitario” (no “de modo federal”, como deseaban las naciones más descentralizadas).
Frenazo al veto
Desaparece en una treintena de campos o materias la condición de que las decisiones deben tomarse por unanimidad y, por tanto, con derecho a veto. Algunas son tan importantes y sensibles como el asilo y la inmigración (con excepciones a favor de Alemania), el control de fronteras, la colaboración judicial y policial (con rebajas a favor de Reino Unido), la libre circulación de trabajadores… y, en el futuro, quizás el reparto de los fondos europeos. La adopción de decisiones por mayoría cualificada se convierte en la regla general. La unanimidad permanece intocable en Exteriores y Defensa. Pero incluso en Exteriores, las decisiones se tomarán por mayoría cualificada cuando se voten propuestas planteadas por el ministro europeo de Exteriores.
Más poder
para la Eurocámara
Como norma, salvo Exteriores, Defensa y alguna otra, las decisiones del Consejo (los Gobiernos) tendrán que ser aprobadas también en el Parlamento Europeo, cuyo poder decisorio es ahora muy limitado. Es la institución que más poder gana. Elegirá al presidente de la Comisión Europea a propuesta del Consejo Europeo (los líderes).
Presidente estable
El Consejo Europeo, las cumbres, se convierte en una institución oficial. Desaparecen las presidencias semestrales por riguroso turno. Habrá un presidente elegido por los líderes para un mandato de dos años y medio prorrogable una sola vez. Preparará las cumbres y buscará el consenso, pero no tendrá voto. Será la cara de la Unión ante otros jefes de Estado o en ceremonias internacionales.
Ministro europeo de Exteriores. La Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) abarcará todos los ámbitos de política exterior y seguridad. Los Estados ‘apoyarán activamente y sin reservas’ la PESC y ‘se abstendrán de toda acción contraria’. La PESC ‘podrá’ conducir a una ‘defensa común’. La figura del ministro europeo de Exteriores constituye una figura totalmente nueva. Presidirá el Consejo de Ministros de Exteriores de la Unión y, a la vez, será vicepresidente de la Comisión Europea. Ejecutará la política exterior y de seguridad de la Unión y tendrá capacidad para presentar iniciativas propias al Consejo. Eso sí, estará sometido al control y/o disciplina del presidente de la Comisión, la Eurocámara y, sobre todo, el Consejo (los Gobiernos).
Defensa. Se abre la puerta a intervenciones militares fuera de la UE, sobre todo en la lucha contra el terrorismo. Un grupo de países que desee ir más lejos formará una avanzadilla o ‘cooperación estructurada’ para formar una fuerza europea de combate. Sus integrantes suscribirán una cláusula de defensa mutua similar a la que existe en la OTAN, que se mantiene como ‘la base’ de la defensa europea.
Cláusula de Solidaridad. Es diferente a la anterior. Con la de Solidaridad, todos los Estados de la Unión se comprometen a prestarse asistencia, incluso militar, en caso de ataques terroristas graves o catástrofes naturales.
Carta de Derechos. La Carta de Derechos Fundamentales de la UE constituye la II Parte de la Constitución que así tendrá la fuerza jurídica que hasta ahora no tenía. Esa Carta deja sentada la preservación de la dignidad humana, los derechos a la vida o al trabajo, las libertades religiosas o de conciencia, la no discriminación sexual o racial, el respeto a los niños y mayores o la prohibición de torturar o extraditar a nadie a países con pena de muerte.
La religión. El preámbulo señala que la Constitución se inspira en ‘las herencias culturales, religiosas y humanistas’ de Europa. No incluye la referencia a ‘la herencia judeo-cristiana’ pese a las presiones del Vaticano y de Polonia, Italia o España. El litigio lo resolverán los líderes. Personalidad jurídica. Se reconoce por vez primera en un Tratado europeo. Al tener personalidad jurídica, la UE podrá estar representada como tal en la ONU, el FMI y cualquier otro organismo internacional.
Competencias exclusivas. Las de la UE serán: la Política Monetaria en la zona euro, la política comercial común, la unión aduanera y la conservación de recursos biológicos marinos.
Transparencia. Cuando el Consejo de la UE debata cuestiones o iniciativas legislativas, sus sesiones serán abiertas. Los valores comunes. La Unión se basa en el respeto a la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad, el Estado de derecho y el respeto a los derechos humanos. Son principios básicos que, además, deberá exportar a todo el mundo.