Resulta inquietante una información emitida por el obispo auxiliar de la arquidiócesis de Guadalajara, señor José Trinidad González Rodríguez, sobre la intención del Episcopado Mexicano de gestionar ante el Congreso de la Unión una reforma al artículo 130 constitucional dirigida a que los sacerdotes puedan “orientar, no participar” en los procesos electorales, desde la cátedra religiosa.
Se recordará que en el curso de este año hubo una polémica pública por los sermones de ciertos obispos y sacerdotes en torno al proceso electoral del pasado seis de julio: los ministros no sólo abordaron el tema referido en términos de convocar al ejercicio del voto; también excedieron comentarios y sin rubores apoyaron el voto a favor del partido Acción Nacional. Esto provocó una reacción casi furibunda de los partidos políticos nacionales, a excepción del PAN y se produjeron respuestas airadas de los sectores liberales en varias de las 32 entidades de la República.
Un grupo de obispos y sacerdotes interesados en el tema no todos por supuesto se defendieron en voz alta y con intensa tesitura, arguyendo su derecho a apoyar el proceso democrático, sin favorecer a determinada organización política; otros se engallaron y tomaron al toro por los cuernos: jamás renunciarían a su condición ciudadana y orientarían, según su leal saber y entender, a las comunidades para que votaran en el mejor de los sentidos posibles.
El artículo 130 es muy claro y define hasta dónde pueden llegar los ministros de los cultos religiosos en estos casos. He aquí los incisos relativos al tema en cuestión:
“Inciso d) En los términos de la ley reglamentaria los ministros de cultos no podrán desempeñar cargos públicos. Como ciudadanos tendrán derecho a votar, pero no a ser votados. Quienes hubieren dejado de ser ministros de cultos con la anticipación y forma que establezca la ley, (sí) podrán ser votados”.
“Inciso e) Los ministros no podrán asociarse con fines políticos ni realizar proselitismo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política alguna. Tampoco podrán, en reunión pública, en actos de culto o de propaganda religiosa, ni en publicaciones de carácter religioso, oponerse a las leyes del país o a sus instituciones, ni agraviar de cualquier forma a los símbolos patrios”.
Lo medular del capítulo constitucional está en el párrafo que dice: “Los ministros no podrán asociarse con fines políticos, ni realizar proselitismo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política alguna” ¿Por qué prohíbe la Carta Magna esta participación propagandística de los sacerdotes durante los procedimientos electorales? Pensamos en causas históricas y razones reales. Entre las primeras recordamos el principio jurídico que separa a la Iglesia del Estado. Ni aquélla debe meterse en los asuntos que corresponden al poder temporal, ni éste puede opinar o decidir en cuestiones del orden religioso. Por otra parte, dada la incondicional obediencia a que obliga la religión católica a sus fieles, las decisiones electorales podrían quedar a expensas de los intereses políticos de un bando, como sucedió en el siglo antepasado.
Por ello mezclar la potestad de dos instituciones, cada cual perfecta en su orden de competencia, podría resultar explosivo. Bien que algunos religiosos aspiren a recuperar los fueros y privilegios de que gozó la clerecía hasta el año de 1859, pero ahora los tiempos son otros: vivimos nuevas realidades sociales y culturales, propias del siglo XXI y no sería prudente arriesgar la paz interior de la República en aras de legislar ociosamente bajo visiones superadas.
Si logramos sortear los riesgos del enfrentamiento verbal entre algunos partidos y eclesiásticos con motivo de las recientes elecciones, también deberíamos obrar con sensatez rechazando la proposición del Obispo Auxiliar de Guadalajara.
El artículo 130 constitucional debe conservar la intención teológica con que fue escrito. A nada bueno conduciría revivir cuestiones antagónicas, altamente polémicas y felizmente superadas, aunque sea que don Trinidad González Rodríguez las haya colocado en el tapete de la discusión pública como un eventual tema para la inminente renovación de la dirigencia episcopal en la Iglesia católica mexicana.
“Tátelo con tu nana y no te lo mal empléyes” dirían los abuelos.