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Universidades españolas aceptarán alumnos según nivel curricular

Un borrador de decreto señala que la nota de bachillerato no podrá contar menos del 60%

partir de curso 2005-2006, las universidades podrán admitir a los alumnos tras realizarles pruebas de evaluación específica de conocimientos o aptitudes personales (mediante entrevistas o exámenes, por ejemplo) y tener en cuenta criterios como las calificaciones de la reválida, las notas obtenidas en materias concretas y la formación académica o profesional complementaria a la oficial (por ejemplo, en inglés). Así lo señala el borrador de real decreto que regula el acceso de los alumnos a la Universidad. El texto añade que en las pruebas de acceso, “la ponderación del bachillerato no podrá ser inferior al 60% del resultado final” y deja abierta la posibilidad de que los centros dejen plazas vacantes.

El texto, que se encuentra a debate en el Consejo de Coordinación Universitaria, ya ha recibido alguna crítica, especialmente por dejar abierta la posibilidad de que las universidades dejen plazas vacantes.

'El nuevo sistema dificultará presumiblemente el funcionamiento del distrito abierto al no establecer un sistema que sea homologable en toda España', dice el catedrático Juan Vázquez. Las universidades deberán resolver el problema de la 'cadena de pruebas' que tendrán que realizar los estudiantes para optar a una plaza en distintas partes del país llegando a acuerdos por comunidades autónomas o para toda España.

El Gobierno insta a las comunidades autónomas a establecer 'mecanismos de coordinación entre las universidades de su territorio' y sistemas de reconocimiento mutuo de los procesos y resultados establecidos por ellas. De la Plaza estuvo en la subcomisión de centros en la comisión académica.

La Ley Orgánica de Universidades (LOU) abre la posibilidad a la Universidad de establecer procedimientos de admisión con carácter complementario al sistema de acceso general y con carácter específico en función de la titulación de la que se trate.

El real decreto que desarrolla el nuevo acceso a la Universidad, que está actualmente está en discusión en el Consejo de Coordinación Universitaria, deja claro que se podrán hacer pruebas de acceso, después de haber superado la reválida: 'Las universidades podrán establecer con carácter complementario y específico procedimientos de admisión de estudiantes en sus enseñanzas de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional'. Esto implica que los estudiantes que no superen esos procesos de admisión no serán admitidos, con lo que abre la posibilidad de que dejen plazas vacantes.

Se especifica que podrán poner estas pruebas todas aquellas enseñanzas 'en las que sea preciso evaluar habilidades específicas necesarias para poder cursar los estudios de que se trate'. Actualmente, éstas se realizan ya en Bellas Artes, Traducción e Interpretación y Ciencias de la Actividad Física y del Deporte. Sin embargo, hay otro aspecto que hará necesario implantar estas pruebas o requisitos de acceso -como entrevistas personales, al estilo de las que hacen las universidades anglosajonas, o un sistema de puntos según las notas obtenidos en el bachillerato o en la reválida o Prueba General de Bachillerato (PGB)- en muchas facultades: la demanda mayor a la oferta.

Según este borrador, 'los aspirantes a iniciar estudios universitarios en una titulación podrán realizar la solicitud en la Universidad de su elección, con independencia de dónde hayan realizado los estudios previos'. Es decir, con esta norma se generaliza ya al 100% el distrito abierto que se venía implantando progresivamente en los últimos años. Sin embargo, Seguirá habiendo, como ahora con la selectividad, un número concreto de plazas para cada titulación, que determinará el Consejo de Coordinación Universitaria antes del 1 de junio de cada año. El derecho de los alumnos a ser admitidos en una titulación estará condicionado al número de plazas disponibles y las universidades públicas no podrán dejar plazas vacantes previamente ofertadas.

Con la LOU, los estudiantes deberán tener el título de Bachiller para poder acceder a una carrera universitaria y para obtenerlo deberán haber superado la prueba de reválida. Los alumnos que accedan desde el extranjero deberán homologar los estudios cursados con el título de Bachiller.

El borrador del Gobierno establece además que las universidades que establezcan procedimientos de admisión tendrán que realizarlos dos veces al año, en una convocatoria ordinaria y otra extraordinaria (presumiblemente en septiembre). Y añade que en las universidades que realicen pruebas de acceso, 'la adjudicación de plazas de realizará en función de la calificación obtenida en el correspondiente procedimiento de admisión'. Otra novedad que introduce el texto es el acceso a la Universidad de los mayores de 45 años. Estas personas 'podrán acceder directamente a cualquier universidad pública sin estar sujetos a procedimientos de admisión' y para su admisión 'se valorarán los estudios académicos realizados y, en especial, la experiencia laboral o profesional que puedan acreditar estos estudiantes'.

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