La compra y coacción del voto destaca entre las irregularidades que más se denuncian
GÓMEZ PALACIO, DGO.- La Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) de la Procuraduría General de la República, estará a la expectativa de que el Ejecutivo cumpla el plazo de 36 horas que el Instituto Federal Electoral le fijó para retirar los spots en que realiza la promoción del voto.
La titular de la FEPADE, María de los Ángeles Fromow Rangel, dijo ayer aquí que el máximo órgano electoral tomó las medidas ya conocidas, que de no acatarse podrían generar la promoción de una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La Fiscalía, indicó, podría intervenir en caso de que esto ocurra y se promueva una denuncia en contra del jefe del Ejecutivo.
Durante su visita a Gómez Palacio, María de los Ángeles Fromow manifestó que en caso de que se cometa algún delito, éste se hará del conocimiento de la Fiscalía, pero habrá que esperar a que se cumpla el plazo de las 36 horas para ver qué sucede; la controversia constitucional, dijo, serviría para definir a qué instancias les compete promover el voto, toda vez que el presidente Vicente Fox argumenta que es su obligación concientizar a la ciudadanía a participar en los procesos electorales.
En cuanto a la labor que está desarrollando la FEPADE, la titular indicó que hasta el momento se han cubierto unos 500 eventos en todo el territorio nacional, que tienen como finalidad llevar el conocimiento de la Ley electoral a los distintos niveles de población, entre los que destacan los funcionarios y servidores públicos, candidatos, militantes, comunidades indígenas y sobre todo los adultos mayores.
La idea es evitar que se incurra en la comisión de delitos “y convocarlos para que todos velemos por la democracia”, según manifestó, al considerar que estos debates sirven para perfeccionar algunos aspectos de la democracia y avanzar hacia una mayor legalidad y transparencia.
Principalmente, dijo, se hace hincapié en no permitir la compra y coacción del voto, además de una intensa labor de promoción de la cultura de la denuncia.
A este respecto, consideró que la compra y coacción del voto destaca entre las irregularidades que más se denuncian por parte de la ciudadanía, en las que predomina el pago, dádivas, recompensas o entrega de productos.
Las faltas
Los delitos electorales son conductas descritas y sancionadas por el Código Penal Federal, que lesionan o ponen en peligro el adecuado desarrollo de la función electoral federal.
Según se estableció ayer en la conferencia magistral “La FEPADE y los delitos electorales”, que se impartió a funcionarios y servidores públicos de los tres niveles de gobierno, éstos deben tener presente que de acuerdo con el artículo 402 de esa legislación, a quienes incurren en algunas de las conductas tipificadas como delito electoral, el juez les podrá imponer, además de las penas privativas de la libertad y pecuniarias, la inhabilitación o en su caso la destitución del cargo.
De acuerdo con los artículos 212 del Código Penal Federal y 108 Constitucional, se entiende por servidor público toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la administración pública federal centralizada o en el Distrito Federal; organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, organizaciones o sociedades asimiladas a ésta; fideicomisos públicos en el Congreso de la Unión o en los poderes Judicial, Federal y Judicial del Distrito Federal, o que manejen recursos económicos federales.
La FEPADE constituye un órgano de la PGR con nivel de Subprocuraduría y con autonomía técnica, que practica diligencias, integra y resuelve averiguaciones previas por delitos en materia electoral federal e interviene en los procesos penales y juicios de amparo de su competencia.