Nosotros Las palabras tienen la palabra VIBREMOS POSITIVO Eventos

A L E C O / Quiénes sí, quiénes no deben recibir estrógenos

Dr. Raúl Domínguez González

Siempre y cuando no exista una contraindicación para su uso, las candidatas a reemplazo hormonal a partir de los cuarenta son:

?Las mujeres con deficiencia estrogénica.

?Las mujeres que en su época perimenopáusica tengan trastornos menstruales por el desequilibrio hormonal.

?Las mujeres que presentan deficiencias hormonales específicas y detectadas por laboratorio.

?Las mujeres a las que el estudio citológico se encuentre ausencia de actividad estrogénica.

?Las mujeres con menopausia precoz.

?Las mujeres con ooforectomía bilateral (extirpación quirúrgica de ambos ovarios).

?Las mujeres cuya densitometría ósea indique osteopenia, que es una descalcificación previa a la osteoporosis, o con tendencia a una rápida y temprana desmineralización de sus huesos.

?Las mujeres cuyo estado psicoemocional lo requiera, ya que son propensas a padecer trastornos emocionales debido al desequilibrio hormonal, así como las que ya han manifestado síndrome premenstrual o depresión posparto.

Cuando no hay contraindicaciones, se puede utilizar alguno de los múltiples esquemas de reemplazo hormonal que revisaremos a continuación en la mayoría de las mujeres, de acuerdo con su edad y siempre tomando las precauciones necesarias, así como controlando tanto su efecto como el grado de tolerancia.

¿Qué mujeres no deben recibir la terapia de reemplazo hormonal? Es cierto que en la actualidad existen ciertas contraindicaciones para el uso de la terapia de reemplazo hormonal, consideradas como condiciones preexistentes, que se pueden ver afectadas de manera adversa con la administración del tratamiento. Tradicionalmente, las contraindicaciones se clasifican en absolutas y relativas.

Dentro de las contraindicaciones absolutas se encuentran:

?Aquellas mujeres en quienes exista o se sospeche la presencia de un tumor estrógeno dependiente, como los de cáncer de endometrio o de mama.

?Mujeres con sangrado uterino anormal no estudiado.

?Mujeres con episodios tromboembólicos recientes.

?Mujeres con enfermedad hepática activa.

?Mujeres con enfermedad vascular cerebral, o trombotics, posterior al uso de estrógenos.

Dentro de las contraindicaciones relativas estarían:

?Mujeres con antecedentes de tumor estrógeno?dependiente.

?Mujeres con enfermedad hepática (del hígado) crónica.

?Mujeres con intolerancia individual o alergias.

?Mujeres con problemas asociados en el pasado relacionándolos con el uso previo de estrógenos como tromboflebitis, trombosis o desórdenes tromboembólicos.

?Mujeres que rechazan el tratamiento.

?Mujeres embarazadas o con endometriosis.

?Mujeres con epilepsia, hipertensión o migraña.

?Mujeres con tumores benignos del útero, conocidos como miomas o mastopatía fibroquística.

En estos casos deberán valorarse e individualizarse todavía más tanto los riesgos como los que aportaría a la mujer una posible terapia hormonal.

¿Cuándo debe iniciarse la terapia de reemplazo hormonal?

La terapia hormonal debe iniciarse en cuanto ocurra la insuficiencia ovárica, es decir, al presentarse la menopausia. En el perfil hormonal, este cambio se marca por el aumento de la hormona foliculoestimulante (fsh) y la disminución del estradiol que frecuentemente se acompaña de trastornos menstruales, síntomas vasomotores y del inicio de la disminución de la masa ósea; por tanto, el inicio de la terapia es razonable cuando existe la falta de la menstruación durante al menos seis meses, es decir, al iniciarse las primeras manifestaciones de la falla ovárica, ya que al proporcionar un tratamiento temprano, se obtiene un mayor beneficio a mediano y largo plazo.

Leer más de Nosotros

Escrito en:

Comentar esta noticia -

Noticias relacionadas

Siglo Plus

+ Más leídas de Nosotros

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas

Videos más vistos semana

Clasificados

ID: 76162

elsiglo.mx